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Consulta     26/04/2021

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Formulada por: Capela

Multa en la frontera con Portugal

Descripción: Hola, este fin de semana fui a Portugal a casa de mi familia, y al regresar en la frontera de tui con Valença enseñe mi documentación DNI português y tarjeta de residente y el policía me preguntó de donde venía, y le dije que de casa de mi familia como ya pasó otras veces y nunca me dijeron que no podía ir y me dejaron entrar en España a mi domicilio sin problema. Sin embargo hoy me cogieron los datos y me dijeron que me llegaría la multa porque Galicia tiene cierre perimetral. Es esto legal? Me pueden multar por entrar a mi domicilio?

Nacionalidad: Portugal

País de residencia: España

Provincia: Pontevedra

Respuesta 04/05/2021

Aportada por: Diana Ortiz Carracedo

Su tarjeta de presentación: Abogada

Enunciado de respuesta:

  Buenas tardes: 


Ciertamente el 02 de mayo de 2021 aunque Portugal ya había abierto sus fronteras, Galicia estaba cerrada perimetralmente por lo que sólo se permitían viajes esenciales, entendiéndose por tales, aquellos que son por motivos profesionales, de estudios, de reunión familiar por razones de salud o humanitarias. 


En su caso entiendo que no pudo acreditar en el momento de la toma de datos que el motivo de su viaje era esencial, imprescindible y/o improrrogable, algo que ha de tratar de acreditar documentalmente cuando le llegue la notificación (multa) en su pliego de descargo.


Esperando haberlo ayudado, reciba un cordial saludo: Diana Ortiz

Respuesta 05/05/2021

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Aportada por: Marina Lozano Cabezas

Su tarjeta de presentación: Coordinando Migrar.org

Enunciado de respuesta:

 Buenos días,


Simplemente comentarle que el día que usted realizó la consulta (26/04) también estaban cerradas las fronteras con Portugal por lo que debía haber llevado un justificante de la causa del viaje que podían haberle pedido en cualquiera de los dos países.


Como ya le ha comentado la abogada Diana Ortíz, si no pudo acreditar en el momento de la toma de datos que el motivo de su viaje era esencial, imprescindible y/o improrrogable, puede tratar de acreditarlo documentalmente cuando le llegue la notificación (multa) en su pliego de descargo


Un cordial saludo

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