Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     26/07/2017

Foto

Formulada por: Gabigabi0704

Reagrupación Familiar

Descripción: Hola mi caso es el siguiente soy española, hace 2 meses llegue a España con mi marido que es venezolano. En ese tiempo se me ha hecho imposible poder tramitar la Reagrupación de mi marido por no cumplir con uno de los requisitos que es tener contrato de trabajo, tengo entendido que solo puedo introducir la Reagrupación familiar antes de que pasen los 90 días de haber llegado, pero aún sigo sin cumplir el requisito de tener empleo.. ¿qué puedo hacer en ese caso? No quisiera que el quedará irregular
Agradecería mucho su ayuda

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Las Palmas

Respuesta 28/07/2017

Foto

Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

Hola Gabigabi0704.


Si tú eres española, no tienes que hacer reagrupación familiar porque además tu marido ya está aquí. Lo que tienes que hacer, que creo que es lo que intentas hacer, es solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea (la tarjeta comunitaria) y sí es verdad que están exigiendo o bien acreditar que la ciudadana española, en este caso tú, estás de alta en la Seguridad Social como trabajadora. No es necesario tener contrato de trabajo, lo que la ley exige es estar de alta en la Seguridad Social como trabajadora y puede ser por cuenta ajena o por cuenta propia y tampoco se exige disponer de unos ingresos concretos si se está de alta como trabajador en la Seguridad Social. Si no se está de alta, en ese caso sí que exigen disponer de ingresos mínimos y seguro médico de tu esposo, pero si tú estás de alta en la Seguridad Social como trabajadora, ya no te exigen ingresos ni seguro médico porque tu esposo puede ser beneficiario de tu tarjeta sanitaria.


En cuanto a los 90 días, no es así, tu esposo puede solicitar esa tarjeta comunitaria cuando tú cumplas con los requisitos y se la deberían conceder por cinco años y autoriza a residir y trabajar. Cuando él lleve un año con esa tarjeta, ya podría solicitar la nacionalidad española.


Suerte y un saludo.

volver

121.588 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española puesto en marcha por logo mini migrar.org