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Consulta 11/08/2018
Formulada por: Vzla.pearl
Descripción: Una persona en situación irregular no puede obtener trabajo, pero para tramitar el arraigo debe presentar un contrato de trabajo. ¿Cómo lo obtiene si no puede trabajar?
En el apartado de arraigo publicado en esta página escriben que "al obtener la residencia por arraigo SE PODRÁ TRABAJAR SIN REALIZAR NINGÚN TRAMITE ADICIONAL" significa que una persona irregular puede trabajar realizado algún trámite adicional? Cuáles son esos trámites?
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: Venezuela
Respuesta 12/09/2018
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo Para obtener la autorización de residencia por arraigo, debe presentarse un contrato de trabajo con una duración de al menos un año. Como el trabajador no está todavía autorizado para trabajar, lo que hay que hacer es añadir una clausula al contrato, especificando que el contrato tendrá una duración de un año y que entrará en vigor en el momento en que al trabajador le sea concedida la autorización de trabajo en España. Lo que quiere decir que no haya que realizar otro trámite adicional es que con la autorización de residencia por arraigo se puede trabajar aunque sea una autorización de residencia, sin que haga falta solicitar autorización de trabajo. Suerte y un saludo.