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Consulta 20/05/2011
Formulada por: CarlosPerez
Descripción: Hola, soy salvadoreño, tengo familia de 3 niños entre 4 y 12 años de edad, y deseo migrar a España, en mi país estoy empleado, soy ingeniero electricista, pero la inseguridad es insoportable. Mi esposa y yo queremos montar una Pyme en algún lugar en España. Ella tiene certificación en panadería y buscamos poner un coffe-shop, ¿cómo lo hacemos?, ¿cuál es el mínimo requerido para lograr esto? Gracias.
Nacionalidad: El Salvador
País de residencia: El Salvador
Respuesta 30/05/2011
Aportada por: María del Loreto Blázquez Gallego
Su tarjeta de presentación: Colaboradora Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Hola: En primer lugar, necesitais alguien que os ayude a tramitar las cuestiones previas en España. Para montar una PYME y obtener la correspondiente autorización de trabajo y residencia por cuenta propia necesitais: - Impreso de solicitud en modelo oficial (EX 01) por duplicado. - Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor. - Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país de origen o procedencia en el que haya residido en los últimos cinco años. - Certificado médico. - Titulación debidamente homologada (teneis que hacer válidos vuestros títulos en España), en su caso. - Relación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o situación en la que se encuentre los trámites para su consecución, incluyendo, en su caso, las certificaciones de solicitud ante los organismos correspondientes: necesitais tener todo listo para cuando llegueis a España, poder abrir la empresa sin problemas. - Cualificación profesional o experiencia acreditada para el ejercicio de la profesión, cuando proceda, debidamente homologada: esto se hace mediante certificados de vuestro país, u homologando los títulos que tengais, como ya he indicado anteriormente. - Acreditación de que se cuenta con inversión económica suficiente, o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras: debeis acreditar que podeis hacer frente a los posibles gastos de inversión, y en definitiva, que sois solventes. - Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea. En cuanto a los tres últimos requisitos, os podeis poner en contacto para que os acrediten los mismos en estos organismos: o Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) o Asociación Nacional de Empresarios y Profesionales Autónomos (ASNEPA) o Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español (CIAE) o Organización de Profesionales y Autónomos (OPA) Esta documentación la tendréis que presentar en la Embajada o Consulado que os corresponda de España, habiendo decidido previamente el lugar de establecimiento, y tramitado lo que os haga falta previamente. Tendréis que abonar una tasa en el momento en que se admita a trámite vuestra solicitud, y esperar a que se resuelva. Técnicamente, existe un plazo de tres meses para resolver, y en caso de que no sea así, se entenderá que os han desestimado la solicitud. En la práctica, os aconsejo que espereis, porque suele tardar más, y esperar a que os contesten por escrito. Si os conceden la solicitud, teneis un mes para solicitar el visado, y una vez concedido éste, deberéis recogerlo personalmente en el plazo de un mes. Déspués teneis tres meses para entrar en España con dicho visado; y a continuación pedir vuestra alta en seguridad social, etc., y pedir la tarjeta de identidad de extranjeros, que os autoriza a trabajar, en el plazo de un mes desde la entrada en España. Teneis aquí toda la información: Espero haberos ayudado. Un saludo.