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Consulta 23/03/2017
Formulada por: diego_carlos
Descripción: Buenas,
Mi caso es que presente hace 15 dias en la delegación de gobierno mi expediente para un arraigo social sin presentar contrato, utilice el de mi padre como el que me mantiene, la cosa fue que hace unos dias me estan ofreciendo un contrato de trabajo de 1 año y de mas del SMI.
Fuí a preguntar a extranjeria y me dijeron que modifique el expediente aportando el contrato.
Mi pregunta es: ¿Tendre que esperar hasta que la delegacion de gobierno apruebe la resolucion para poder trabajar? El primer dia de trabajo seria el 17 de abril y me pidieron mi numero de seguridad social y estar en garantia juvenil. No se si puedo trabajar desde el dia 17 o esperar.
Gracias y espero su ayuda.
Nacionalidad: Bolívia
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 24/03/2017
Aportada por: Miguel Angel Barrera Parrilla
Su tarjeta de presentación: Abogado- Cruz Roja Española Sevilla
Enunciado de respuesta: Hola: No podrías empezar a trabajar hasta que recibas la resolución favorable por escrito a tu solicitud de arraigo social por la Oficina de Extranjeros. Un saludo