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Consulta     12/06/2020

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Formulada por: Maluroto

Prorroga Estado de Alarma - Resguardo Blanco

Descripción: Buenos días, quisiera saber si con la instrucción del gobierno del 20 de mayo,INSTRUCCIÓN 9/2020 de la Dirección General de la Policía., con la prorroga de la vigencia de los resguardos blancos y tarjetas rojas, se refiere a la renovación automática de los mismos, si mi resguardo se venció el 11 de mayo en estado de alarma automáticamente se renueva por 9 meses mas y me autoriza a trabajar, eso quiere decir que hasta febrero del siguiente año no debo solicitar cita para tener la tarjeta roja? O se refiere a que tengo 9 meses mas para poder tomar una nueva cita y no estar con irregularidad? Es que es un poco confuso el tema, gracias.

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 12/06/2020

Aportada por: María Consolación Peláez Sanmartín

Su tarjeta de presentación: Migrantes, refugiados y solicitantes de protección internacional

Enunciado de respuesta:

Buenos días,


La Instrucción 9/2020 sobre Medidas relativas a la prórroga de vigencia de determinados documentos expedidos por las Unidades de Extranjería y Fronteras, con ocasión del estado de alarma declarado por la emergencia sanitaria COVID-19, establece que el resguardo de protección internacional se prorrogará 9 meses desde la fecha de expiración de validez de su resguardo de solicitud de protección internacional. De tal manera que si su documento expiró el 11 de mayo, se prorroga 9 meses más a partir del 12 de mayo. Es decir hasta el 12 de febrero de 2021, siempre que no haya resolución negativa sobre su solicitud.



Y este resguardo blanco conllevará, a partir de los seis meses desde su fecha de solicitud, el derecho a trabajar, independientemente de que no lleve incorporada la leyenda "Autoriza a trabajar", siempre que no se le hubiera notificado negativamente la resolución de su solicitud.



Y en conclusión no tiene que solicitar ninguna cita para renovar su documentación ya que la misma ha quedado prorrogada por esta Instrucción 9/2020 de la Dirección General de la Policía.


Si necesita más información, puede acudir a las oficinas de la Cruz Roja en Madrid, calle Valdecanillas 112 (metro L7-Simancas) en donde podremos atenderle personalmente.


Un saludo.


 


 

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