Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     26/09/2016

Foto

Formulada por: Davicito

Cambiar estatus de tarjeta de Estudiante a permiso de Residencia

Descripción: Buenas Tardes,

Soy de Punta Cana, ya tengo 3 años y 4 meses residiendo en España como estudiante bajo mis recursos, sin recibir beca de algún programa referente a ¿organismos públicos o privados dentro de programas de cooperación o de desarrollo españoles o del país de origen¿ y sin interrumpir la validez de la autorización de estancia. Por lo que dado lo que se establece en el procedimiento para modificar la autorización por estudios a una autorización de residencia y trabajo, ya lo puedo realizar sólo necesitaría un contrato de trabajo. Por lo que mis preguntas van en el siguiente tenor:

1.- Actualmente en el programa de Doctorado que realizo en la Universidad Politécnica de Madrid mi tutor me ha comentado sobre la apertura de una plaza sobre mi tema de investigación en las Ayudas para contratos pre-doctorales para la formación de doctores (Fpi 2016) expuestas por el MINECO. Si aplico a esta plaza y luego se me otorga, esto me afecta para luego pueda cambiar el estatus de mi tarjeta?

2.- Viendo las diferentes Modificaciones de la situación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas. He visto una que se llama ¿Modificación de estancia por estudios, investigación, formación o prácticas a residencia y trabajo para investigación¿. Quiero saber en qué consiste esto, ya que la descripción es muy ambigua. ¿Con este tipo de autorización puedo luego solicitar la nacionalidad?

Un cordial Saludo,

Nacionalidad: Rep. Dominicana

País de residencia: España

Provincia: Málaga

Respuesta 28/09/2016

Foto

Aportada por: Fran Morenilla Belizón

Su tarjeta de presentación: Abogado Cruz Roja Española - Almería

Enunciado de respuesta:

Buenas.


Exactamente, la autorización que deberías solicitar a través de trámite de modificación es la que comentas. Es una autorización de residencia encuadrada en un proyecto de investigación. No es régimen de estancia, sino de residencia, residencia inicial y su duración estará vinculada a la duración del proyecto (mínimo 3 meses, máximo 5 años). La princiapl documentación que deberá recopilar es el contrato de trabajo, el proyecto de investigación y documentación relativa al organismo de investigación, lo demás es documentación genérica y no debería tener mayores problemas para recopilarla.


Como le digo esta autorización modifica su situación de estancia a residencia y por lo tanto podrá solicitar la nacionalidad española al cabo de los dos años de residencia como nacional de un país iberoamerícano.


Lo que sí es muy importante es que solicite la modificación durante la vigencia de su autorización de estancia, no se permite presentarla después. Exactamente debe presentarla dentro de los 90 días anteriores a la caducidad de la estancia.


Para más detalles consulta la Hoja Informativa o el artículo 199 del R.D. 557/2011.


Saludos.

volver

121.588 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española puesto en marcha por logo mini migrar.org