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Consulta 11/08/2017
Formulada por: Amós
Descripción: Mi esposa es Peruana y yo Español, estuvimos viviendo en España y ella obtuvo tarjeta de residencia por 5 años y como regresamos a vivir a Perú no la renovó, la última vez que mi esposa estuvo en España fue hace un año de un mes por vacaciones, yo ahora estoy trabajando en España y queremos vivir aquí en España. ¿Qué trámites tenemos que hacer para volver a tener la tarjeta de residencia comunitaria?
El mismo caso es para el hijo de mi esposa que vive con nosotros y que tampoco renovó la tarjeta de residencia, y podría ser que a la hora de hacer la tramitación fuera mayor de edad, ¿eso seria un problema?
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Alicante
Respuesta 11/08/2017
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estimado amigo: Su esposa tiene derecho a la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE por el simple hecho de ser cónyuge de un ciudadano español. Ha de acreditar que cuenta con medios económicos (propios o de su cónyuge; u oferta de empleo). Una vez entren en España han de tramitar dicha tarjeta acreditando parentesco y medios económicos. En el supuesto de su hijo, tendrá derecho sin problemas si aún no ha cumplido los 21 años (no los 18), y si fuese mayor, tendría que acreditar que viven a su cargo. En este enlace podrá acceder a toda la información relativa a este tema que esperamos le sea de utilidad. Reciba un cordial saludo
Respuesta 11/08/2017
Aportada por: FRANCISCO RAMOS
Su tarjeta de presentación: Soy Letrado de extranjería, y quisiera ayudar y cooperar dentro de mis posibilidades.
Enunciado de respuesta: Buenos dias. En ambos casos tendrian derecho a la tarjeta de residencia de familiar miembro de la U.E. Los requisitos son los sihuientes: - Aportar certificado de matrimonio, e certificado de nacimiento del hijo de su conyuge. - Empadonamiento conjunto - Fotocopia del pasaporte completo de su esposa e hijo - Copia de su DNI. Tendra que acompañar tanto a su mujer y a su hijo el dia de la presentacion de la solicitud. - Acreditar medios economicos (contrato de trabajo y nominas) Este ultimo requisito, segun varias sentencias de Tribunales Superiores de Justicia, entienden que al ser el conyuge que da derecho a la tarjeta comunitaria español, no es necesario acreditar medios economicos. Aun asi las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno estan denegando las citadas tarjetas si no se aportan los medios economicos. Las denegaciones por estos motivos se estan ganando todas en los juzgados. Un saludo