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Consulta 20/06/2018
Formulada por: Vald75
Descripción: Buen día,
Actualmente me encuentro en España como turista. Estoy por inscribirme como pareja de hecho pero, temo que el trámite concluya días después de mis 90 días máximo para estar como turista en el país. No he tramitado el NIE aún, porque quiero hacerlo una vez con la inscripción.
En caso de que acepten mi inscripción como pareja de hecho, ¿podría tramitar el NIE sin problema, aún habiéndose vencido mis 90 días como turista?
Otra duda: sino aceptan mi inscripción como pareja de hecho y antes de saberlo vencen mis 90 días como turista, si salgo del país ¿recibiría alguna sanción, en cuánto tiempo podría volver a España?
De antemano gracias por la ayuda.
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Vizcaya
Respuesta 15/07/2018
Aportada por: Victoria Fdz. Vidal
Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla
Enunciado de respuesta: Hola Vald 75: Los familiares de ciudadanos de la UE (en este caso pareja de hecho de ciudadano español) tienen derecho a reunirse con el ciudadano comunitario. Si estás en España sin permiso y te haces pareja de hecho, desde ese momento tienes derecho a residir en España, el solicitar la tarjeta en la oficina de extranjeros es una formalidad (que pueden denegarte por alguna causa, pero que si te conceden, se entiende que tienes permiso desde la solicitud). Por tanto, aunque ya no tengas permiso de estancia como turista, no hay problema en presentar la solicitud como familiar de ciudadano de la UE. En cuanto a la segunda duda, si sales del país no te sancionan, te podrían sancionar si te quedas. Si sales tendrías que volver a entrar como turista. Saludos y suerte.