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Consulta     10/04/2017

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Formulada por: Cuncula

Residencia comunitaria como pareja de hecho

Descripción: Hola
Puedo obtener tarjeta comunitaria como pareja de hecho? ¿Que papeles hacen falta?
Gracias.

Nacionalidad: Georgia

País de residencia: España

Provincia: Las Palmas

Respuesta 24/04/2017

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Aportada por: Raúl Báez Quintana

Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central

Enunciado de respuesta:

 Estimada amiga:  sí, el Real Decreto que regula el régimen comunitario señala a las parejas de hecho como beneficiarias de este régimen.  En concreto, indica su artículo 2º: 


b) A la pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a esos efectos en un Estado miembro de la Unión Europea o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo, que impida la posibilidad de dos registros simultáneos en dicho Estado, y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción, lo que deberá ser suficientemente acreditado. Las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.



Acceda a este link y encontrará la información oficial sobre esta cuestión:
"http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/"

Los requisitos a presentar serían:



- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-19) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el familiar del ciudadano de la Unión.
- Pasaporte completo válido y en vigor del familiar. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
- Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar con el ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo
- En caso de pareja no registrada, documentación acreditativa de que constituyen una pareja estable que atestigua la existencia de un vínculo duradero, así como justificación del tiempo de convivencia marital o, en su caso, certificado de nacimiento de la descendencia en común.
- D.N.I. del ciudadano español o certificado de registro del ciudadano de la Unión al que acompañan o con el que van a reunirse
- Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
- Requisitos económicos: el ciudadano comunitario debe estar trabajando o tener suficiente capacidad económica o usted tener igualmente esos ingresos.

Un saludo, esperamos haberle oritentado.  

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