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Consulta     17/09/2018

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Formulada por: meugenia

Residencia en España

Descripción: Hola!
Mi novio está por conseguir su ciudadanía italiana y quisiera saber qué posibilidad tengo de poder viajar a España con él y poder residir legalmente allá? Por las consultas que he leído, sería conveniente llegar a España y contraer matrimonio ahí mismo, para conseguir la residencia. El tema es que debería poder hacerlo dentro de los 3 meses que tengo permitidos permanecer (como plazo máximo), sería posible poder realizarlo? Nosotros no estamos casados, convivimos hace 2 años y estamos en pareja hace 5, y no sabemos qué es lo que nos conviene hacer para viajar tranquilos y poder residir en Barcelona los dos, sin problema.
Alguien que pueda ayudarme?
Gracias!
Saludos

Nacionalidad: Argentina

País de residencia: Argentina

Respuesta 29/10/2018

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Aportada por: Anna Serra Gironés

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Girona

Enunciado de respuesta:

Buenas tardes,


Cuando su pareja disponga de la ciudadanía italiana y esté registrado como ciudadano comunitario en España, él le podría reagrupar y usted entrar con visado de familiar de ciudadano de la Unión o bien usted puede viajar a España como turista y una vez aquí solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. Para solicitar esta tarjeta ustedes deben demostrar que están casados o bien registrados como pareja de hecho, que existe convivencia entre ambos en España y que uno de los dos o ambos disponen de medios económicos (aportando contrato de trabajo y nóminas).


Si ustedes optan por casarse en España, se tendrá que tramitar el correspondiente expediente matrimonial en el registro civil donde estén empadronados: este trámite varía mucho en función del registro y las cargas de trabajo correspondientes, con lo cual no puedo decirle cuánto tiempo tardarán en casarse. Para tramitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión también se puede realizar mediante el registro de pareja de hecho, en Cataluña existe un registro autonómico de parejas de hecho que gestiona la Generalitat:


http://justicia.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Registre-de-parelles-estables-de-Catalunya


 


Un saludo


 

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