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Consulta     11/03/2021

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Formulada por: Percy47465

RESOLUCIÓN RESIDENCIA Y TRABAJO

Descripción: Buenas tardes
El 14.04.2020 la Generalitat de Cataluyna emitió una resolución favorable de residencia y trabajo por cuenta ajena. El 23.06.2020 se obtuvo la cita en el consulado de España en Lima para tramitar el visado pero por la pandemia no atendieron y la cita quedó anulada automáticamente. Luego atendían y no atendían y era difícil conseguir cita por que el sistema estaba colapsado. Hasta que se pudo obtener una nueva cita para el 26.02.2021 y nuevamente no atienden por cuarentena en Lima. Ahora está esperando que el consulado le reprograme la cita según lo que ellos han indicado. Hay comentarios de personas que dicen que están rechazando dichas resoluciones e indican que el empleador en España vuelva a tramitar otra resolución lo cual lo veo ilógico. He hablado con ña Generalitat de Cataluyna y dicen que no tienen porque rechazar dicha resolución y que deben aceptarla. Además, la resolución indica el número de NIE y también dice que el contrato y demás surten efecto cuando la persona ingresa en España. Si no ha ingresado ni se ha dado de alta ni ha trabajado, no hay problema con el plazo de 1 año para renovar la primera tarjeta verdad? Además, esto ha sido ocasionado por la pandemia. Por favor, agradeceré me den sus comentarios y que podria decir mi hija en Lima al momento de presentar los papeles para su visado. Gracias.

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Barcelona

Respuesta 30/03/2021

Aportada por: Ana Rivas Márquez

Enunciado de respuesta:

  Buenos días Percy:


Según el supuesto de hecho que nos planteas, debemos esperar la resolución por escrito para poder saber qué se determinar finalmente y el sentido de la misma. Normalmente se va a determinar un periodo para presentar recurso donde podemos indicar si no estamos de acuerdo con la respuesta y los motivos que alegas de la pandemia. Si te parece, vuélvenos a contactar cuando te manden la resolución.


Saludos, 


 

Consulta 30/03/2021

Aportada por: Percy47465

Enunciado de respuesta:

 Al parecer no me ha entendido.  La resolución tiene fecha 14.04.2020. Ya la tenemos en nuestro poder. Lo que quiero saber es si hay algún motivo que la rechacen en el consulado de España en Lima. 

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