Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     06/02/2008

Foto

Formulada por: paola8173

¿Por qué motivos pueden inadmitir mi solicitud de asilo a trámite?

Descripción: ¿Por qué motivos pueden inadmitir mi solicitud de asilo a trámite?

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 06/02/2008

Foto

Aportada por: Marta Sainz de Baranda

Su tarjeta de presentación: Abogada. Área Internacional de ACCEM

Enunciado de respuesta: El procedimiento de asilo en España esta compuesto de dos fases: la fase de inadmisión y la fase de elegibilidad. La finalidad de la fase de indadmisión es descartar las solicitudes en que se ve claramente que las personas que las han presentado no necesitan protección o que no deben ser estudiadas por España, sino por otro país. Los motivos de inadmisión vienen establecidos en la propia ley de asilo y son los siguientes:

- Personas que hayan cometido un delito contra la paz, delito de guerra o delito contra la humanidad; o que hayan cometido un grave delito común fuera del país de asilo; o que se hayan declarado culpables de actos contrarios a los fines de naciones unidas. Asimismo aquellos que fueran considerados un peligro para la seguridad del país donde se encuentran o que hayan sido objeto de una condena firme por un delito muy grave y supongan una amenaza para la comunidad de dicho país.
- Que en la solicitud no se alegue ninguna de las causas que puedan dar lugar al reconocimiento de la condición de refugiado. Es la más utilizada y sería el caso de alguien que solicita asilo, por ejemplo, porque las condiciones laborales en su país son muy difíciles.
- Que se trate de la reiteración de una solicitud ya denegada". Sería el caso de alguien, que, habiéndole sido denegado el asilo, vuelve a solicitarlo alegando los mismos motivos, y no aportando documentos esenciales nuevos.
- Que la solicitud se base en hechos, datos o alegaciones manifiestamente falsos, inverosímiles o que carezcan de vigencia actual. Es otra de las razones más utilizadas por la Administración para denegar el asilo.
- Cuando no corresponda a España su examen de conformidad con los convenios internacionales de que sea parte. En la resolución de inadmisión se indicará el estado responsable de la solicitud.
- Cuando el solicitante esté reconocido como refugiado y tenga derecho a residir u obtener asilo en un tercer estado, o cuando proceda de un tercer estado cuya protección hubiera podido solicitar. En ambos casos, en este tercer estado no debe haber peligro para su vida o libertad ni estar expuesto a torturas o tratos inhumanos o degradantes y debe tener protección efectiva contra el país perseguidor con arreglo a la Convención de Ginebra.


volver

121.588 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española puesto en marcha por logo mini migrar.org