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Consulta 03/02/2016
Formulada por: derecho
Descripción: hola me consulta es ha solicitado por arraigo en 2009 y me han concedido favorable de un año y después concede primera tarjeta de 2años y al solicitar segunda tarjeta me dieron denegado por falta de cotización y volví solicitar por arraigo y me han concedido tarjeta temporal cuenta ajena nacional, hice huellas en 10/04/2014 y me caduca el 31/03/2016. En esta semana me llego una carta de ministerio, solicitud de tarjeta larga duración.
Mi consutlta: ¿me corresponde solicitar tarjeta residencia de 2 años o larga duración?
en caso me toca pedir larga duración que documentos me hace falta y que impreso de tasas y modelo tengo que descargar y pagar? Tengo cita día 10 de este mes.
Un saludo
Nacionalidad: Ucrania
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 08/02/2016
Aportada por: FRANCISCO RAMOS
Su tarjeta de presentación: Soy Letrado de extranjería, y quisiera ayudar y cooperar dentro de mis posibilidades.
Enunciado de respuesta: Si lleva residiendo en España durante 5 años con autorizacion de residencia temporal, le corresponde la autorizacion de residencia de larga duracion. Para esta tarjeta no le van a solicitar tiempo de cotizacion ya que es un derecho adquirido al llevar residiendo legalmente en España durante 5 años. Si ya tiene cita para poner las huellas, la documentacion que tiene que aportar es la siguiente: Original y Fotocopia completa del pasaporte. Fotocopia y oririnal de al tarjeta de residencia caducada. Volante de empadronamiento, si ha cambiado de domicilio; Impreso de tasas abonado modelo 790 codigo 012 precio: 21,02 euros Un saludo
Respuesta 10/02/2016
Aportada por: María Amparo Gil Requena
Su tarjeta de presentación: Abogada de la Sección de Extranjería del ICA Valencia.
Enunciado de respuesta: Hola. Una larga Duración, con vigencia de 5 años, en la carta te indica todo lo que tienes que hacer, de todas formas te envio link donde tienes toda la información y el impreso. http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja046/index.html Un saludo
Respuesta 18/02/2016
Aportada por: Gerard Català i Calderón
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Barcelona
Enunciado de respuesta: Estimado señor, debió pasar poco tiempo entre que le denegaron la 2ª renovación, hasta que consiguió regularizar de nuevo su situación, por lo que el Gobierno debe considerar que le toca renovar la larga duración que requiere muy pocos requisitos para renovar, con lo que acreditando la residencia de 5 años, un pasaporte en vigor, el certificado de escolarización en caso de tener hijos menores en edad escolar y el pago de las correspondientes tasas administrativas, podría renovar sin problemas. De todas formas, para garantizar que le toca una residencia de larga duración, le puede pedir a la policía que le emita un "certificado de residencia", pagando una tasa de 7,03.-€, que le garantizará que realmente le toca la larga duración según los periodos de residencia asignados. Atentamente,