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Consulta     28/10/2019

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Formulada por: Solettet

Guerra civil

Descripción: Mi Nombre es Soledad Tognia
Mi consulta es ,si es posible traer a mi hijo desde Chile ,por la guerra civil que hay allí.Tengo nacionalidad Española.

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Las Palmas

Respuesta 28/10/2019

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Aportada por: Raúl Báez Quintana

Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central

Enunciado de respuesta:

 Estimada Solettet


Si su hijo es mayor de 21 años, al ser usted española podría beneficiarse de un régimen migratorio más favorable al tener derecho a una tarjeta de familiar de ciudadano de la UE pero siempre que pueda usted acreditar que vive a su cargo.  Ello es posible si ha estado usted girándole dinero de manera regular al menos durante el último año.  Si bien para la expedición de dicha tarjeta es preciso acreditar medios de vida, bien los que usted tiene o por medio de algún contrato de trabajo que encontrase. 


Otras opiniones indican que no es necesario acreditar que le gira dinero sino que bastaría con un acta notarial en virtud de la cual usted acredita tener medios para su sustento y el de su  hijo. 


También ha de saber que si bien a la generalidad de ciudadanos extranjeros se les aplica la situación nacional de empleo para aprobar su visado y posterior autorización de residencia y trabajo (es decir, que si hay paro en el contrato que presentan, no será aprobado), a los ciudadanos chilenos esto no se les aplica de tal forma que no le podrían denegar visado y residencia por ese motivo (no puede la Administración alegar que hay paro para denegarle) pero sí por otros motivos como que la empresa no esté al día en el pago de sus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social.


Por tanto, si no sale la vía de hijo mayor de 21 años dependiente económicamente de uste, otra opción es buscar un empleador que le ofrezca y tramite en su favor la autorización de residencia y trabajo y ya, cuando la aprueben, podría su hijo tramitar el visado oportuno y entrar en España legalmente a efectos de residir y trabajar.


Como último recurso, estaría la petición de protección internacional (asilo) para lo cual solo hace falta llegar a España y si accede al territorio pedir cita (hay gran demora) para formalizar su solicitud donde tendría que exponer qué hechos de persecución personal ha sufrido que le han hecho salir (refugiado) o qué daños graves le pueden ocurrir caso de permanecer en Chile.  Esta opción no es la más adecuada si realmente no se sale del país por motivos concretos de persecución o disturbios graves generalizados en todo el país. 


Por ello, es recomendable estudiar las otras dos opciones planteadas más arriba; de cualquier forma puede acercarse a la sede de Cruz Roja en la capital de su provincia a ver si tiene servicio jurídico para inmigrantes que le puedan orientar de manera presencial.


Deseándole mucha suerte, y esperando haberle aclarado, reciba un cordial saludo 

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