Subscríbete a nuestro boletín semanal
Consulta 16/10/2019
Formulada por: vwilfredo
Descripción: Un gran abrazo y felicitaciones por toda la ayuda que prestan.
Mi caso es que estoy en Venezuela mi hijo mayor de edad tiene la nacionalidad y pasaporte europeo obtenido a través de sus abuelos maternos y yo quisiera ver la posibilidad de obtener alguna vía legal a través de él. Agradezco su ayuda.
W. V.
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: Venezuela
Respuesta 16/10/2019
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estimado VWilfredo: Siendo su hijo de nacionalidad española usted podría solicitar en España una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE, una autorización válida por 5 años renovable para lo cual se hace preciso que usted acredite que vive a cargo de su hijo. Están pidiendo acreditar que su hijo le ha enviado dinero de manera regular durante el último año para su mantenimiento. Otras opiniones entienden que bastaría con un acta notarial que solicita su hijo donde acredita disponer de esos medios y de su compromiso de mantenerle. En este enlace puede usted acceder a la información oficial sobre este tipo de autorización del régimen comunitario que no solo se aplica a los/las ciudadanos/as de la UE sino también a sus familiares aún cuando no tengan la nacionalidad de un Estado de la UE. Como los ciudadanos venezolanos no necesitan visado de entrada, esta gestión podrá realizarla cuando entre en el territorio español sin necesidad de solicitar un visado de residencia (que habilita a entrar y residir en el país). Si no existe esa dependencia o no pueden acreditar que vive usted a cargo de su hijo, bien podrían comenzar con esos envíos y esperar o bien llegar a España de cualquier forma y ya valorar cómo proceder aquí. Para su información miles de venezolanos han llegado y solicitado protección internacional y, si bien no son estrictamente perseguidos -por tanto refugiados- la Administración española está documentándolos con una autorización por razones humanitarias que normaliza su situación en España. Teniendo un hijo español no es lo que procede, sino la primera opción que le indiqué; y, además, piense que aunque su hijo no le hubiese mandado dinero regularmente, siempre se dará el supuesto de hecho que da el derecho (siempre será usted padre de un ciudadano español) con lo que se alcanzaría una solución antes o después. En España cuenta con nuestra red de oficinas para orientarle en lo que precisara. Esperando haberle aclarado no me resta más que desearle mucha suerte y que todo salga bien. No dude en consultarnos lo que necesite. Un saludo cordial