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Consulta 02/05/2016
Formulada por: alias_58334
Descripción: Buenos días. Le formulo mi consulta.
Recientemente ha fallecido mi padre con nacionalidad dominicana el 6 de Abril en Santo Domingo (RD), el cual tuvo dos hijos con una ciudadana dominicana con la que convivía. Uno de ellos es mayor de edad pero mi hermana pequeña no.
Mi intención es traerla a España para que pueda continuar con sus estudios, ya que su madre no puede hacerse cargo de ella. Desde hace dos años tengo nacionalidad Española y estoy casada con un ciudadano Español desde 2012. Actualmente soy autónoma y mi marido trabaja por cuenta ajena de manera estable.
¿Qué tramites tengo que seguir para poder traer a mi hermana?
Hace unos días me informaron de la nueva Ley de reagrupación familiar extensa de diciembre 2015. Pero me gustaría que me informasen ya que evidentemente uno de los requisitos no los cumplo ya que no he enviado ninguna remesa al fallecer mi padre recientemente.
¿Qué posibilidades tengo?¿Qué trámites tengo que seguir?.
Gracias.
Nacionalidad: España
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 03/05/2016
Aportada por: Patricia Bueso Izquierdo
Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Española - Granada
Enunciado de respuesta: Buenos días, Como usted indica la reforma legal en esta materia introdujo la posibilidad de poder traer a España con usted a familia extensa entre las que se podrían incluir los hermanos/as pero para ello es requisito imprescindible: "Que en el país de procedencia estén a su cargo o vivieran con usted!, debe acreditar que ha estado viviendo a su cargo durante un año y preferentemente incluso, 24 meses. Saludos,
Cada caso se valora individualmente pero hay que justificar dicha dependencia económica porque sería la base de su solicitud, además a ello habría que acompañar pasaporte, su dni, los documentos de dicha dependencia y los certificados de nacimiento de ambas legalizados para demostrar que son hermanas.