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Consulta 04/07/2016
Formulada por: Tom33836
Descripción: Hola amigos,
Mi ultima consulta fue en 2012 con respecto a volver a España. Hace ya 6 años que dejé España y quería saber si han habido cambios en las leyes de extranjería o si todo permanece igual a lo que me respondieron vosotros en ese entonces.
Gracias.
Nacionalidad: Canada
País de residencia: Panamá
Respuesta 13/07/2016
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimado amigo, Supongo que hace usted referencia a su consulta sobre la recuperación de la residencia de larga duración. En este aspecto no ha cambiado nada en la legislación de extranjería, por lo que es posible todavía solicitar en el Consulado de España la recuperación de la residencia de larga duración según el procedimiento que econtrará pinchando aquí. Suerte y un saludo.
Consulta 14/07/2016
Aportada por: Tom33836
Enunciado de respuesta: Hola, Ya entrando en materia, en el formulario EX-11, en el punto 1 (Datos del extranjero) y el punto 3 (Domicilio a efecto de notificaciones) aparece el campo de Domicilio en España y el de Teléfono móvil........ Me imagino que si aún no estoy en España debo poner la dirección y teléfono donde pienso residir en España? Es así?.... Yo resido actualmente en Panamá.... No es necesario por lo menos el teléfono móvil de aquí? Gracias,
Consulta 13/07/2016
Aportada por: Tom33836
Enunciado de respuesta: Hola Javier, muchas gracias por tu respuesta. Me gustatría aclarar algo mas.... Aunque no aparece como requisito en la información que me enviaste, hay la posibilidad que me pidan alguna prueba de oferta de trabajo en España? Qué posibilidades hay de que mi solicitud sea aprobada, según tu experiencia? Si me voy a España y entonces inicio los trámites de renovación, tendría más probabilidades de éxito? Si por alguna razón mi solicitud es rechazada, podría volver a intentarlo mas adelante o la respuesta es final y definitiva? Gracias por tu ayuda,
Respuesta 13/07/2016
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola Tom33836. Contestando a tus preguntas, no necesitas ningún tipo de oferta porque se trata de recuperar la residencia de larga duración, lo que antes era la residencia permanente y eso siempre que cuando te fuiste de España ya tuvieras dicha residencia. Si cumples con los requisitos que te ha dicho el compañero Javier, no debes tener ningún problema para que te la vuelvan a conceder y respecto a volver a España, es mejor que lo hagas a través del consulado y cuando ya te den el visado por dicha recuperación, ya viajes y puedas solicitar aquí la tarjeta de identificación. Si te vienes sin ella, podrías tener problemas para recuperarla aquí porque no se trata de una renovación sino de recuperar la residencia que ya tenías y para eso es necesario encontrarse en España en situación legal. En el caso de que te lo denegaran, tienes la posibilidad de hacer un recurso y si siguen denegándolo, habría ya que recurrirlo ante los Tribunales españoles. Suerte y un saludo.