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Consulta     07/09/2020

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Formulada por: Pedrito8206

Renovar tarjeta de larga duración.

Descripción: Hola, gracias por atenderme, mi consulta es la siguiente; el 23/09/2020 se me caduca la tarjeta de residencia de 5 años por estar casado con una chica Española, me gustaría saber cual es el modelo a presentar (EX00,01,02, etc, etc) ya que tenia entendido que la siguiente tarjeta que me darían seria la permanente. Aclaro, que no he salido de España por mas de 6 meses y llevo los 5 años de residencia sin salir de territorio Español, pero estoy un poco perdido porque no se que tramite hacer ahora, gracias.

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Las Palmas

Respuesta 09/09/2020

Aportada por: Iñigo Portilla Abiega

Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería

Enunciado de respuesta:

Hola Pedrito,


Lo que solicitas es una tarjeta de residencia permanente COMO FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE. Esto es fundamental, no es como otras tarjetas de residencia permanente o de larga duración.


El modelo a utilizar es el EX 19. Para la obtención de la residencia que solicitas será importante la acreditación de medios de vida, tuyos o de tu cónyuge. Es decir, estar trabajando o haber estado trabajando con normalidad.


Un saludo

Consulta 09/09/2020

Aportada por: Pedrito8206

Enunciado de respuesta:

  Buenos días y muchas gracias por responder, ahora me surge la siguiente duda: dice que está tarjeta es diferente de otras tarjetas de larga duración o permanente ¿Cuál es la diferencia? Lo digo porque mi actual esposa y yo hemos tenido bastantes idas y venidas y aunque ahora estamos más o menos juntos de nuevo no sé qué pasaría en un futuro proximo. En otras palabras, en caso de un divorcio entiendo que no se perdería ya está tarjeta o algo así tenía entendido ¿Cierto?


Saludos.

Respuesta 09/09/2020

Aportada por: Iñigo Portilla Abiega

Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería

Enunciado de respuesta:

Hola de nuevo,


Las diferencias no importan, no vienen al caso. Solo sirven para liarte.


Tú solo puedes solicitar la tarjeta de residencia permanente como familiar de ciudadano de la UE, que es la tarjeta siguiente a la que tienes. Porque entiendo que lo que tienes es una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE.


Si te divorcias, habrá que ver varias cosas para saber si conservas la residencia: si tenéis hijos en común, cuánto tiempo ha durado el matrimonio, etc.


No obstante, para esta tarjeta, y para casi todas, lo absolutamente importante es la tenencia de medios de vida.


Un saludo

Consulta 09/09/2020

Aportada por: Pedrito8206

Enunciado de respuesta:

 Muchas gracias por la rápida respuesta.


En nuestro caso llevamos casados más de 10 años ahora mismo,  no tenemos hijos en común lo único es que hemos cambiado par de veces de domicilio y actualmente no estoy empadronado en el mismo domicilio que ella porque estuvimos un tiempo medio separados, no sé si tendría que empadronarme allí de nuevo aunque bueno, con respecto a los medios de vida, llevo trabajando de manera ininterrumpida durante más de 8 años ahora mismo.


Saludos.

Respuesta 09/09/2020

Aportada por: Iñigo Portilla Abiega

Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería

Enunciado de respuesta:

Hola,


Con lo que dices, no debería haber problema para la obtención del permiso. No obstante, yo me empadronaría en el mismo domicilio de nuevo.


Un saludo

Consulta 09/09/2020

Aportada por: Pedrito8206

Enunciado de respuesta:

 Hola, de verdad que muchas gracias por la ayuda prestada y de antemano pido disculpas por tantas dudas pero es que este tema es bastante complicado para mí y me queda ya solo una duda, de no poder empadronarme en el mismo domicilio ¿habría algún problema? Se que para la primera tarjeta si por razones obvias pero para esta segunda ¿También es imprescindible?


Saludos.

Respuesta 09/09/2020

Aportada por: Iñigo Portilla Abiega

Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería

Enunciado de respuesta:

Hola,


Ya no te responderé más preguntas. Quizás debieras consultar con un abogado de manera presencial.


No es imprescindible. Lo será en función de la práctica de cada oficina de extranjeros. Quiero decir que puede ser distinto según en la provincia en que se viva.


Yo aportaría un empadronamiento conjunto.


Un saludo

Consulta 09/09/2020

Aportada por: Pedrito8206

Enunciado de respuesta:

 Muchísimas gracias por el tiempo y la ayuda prestada me ha aclarado mucho aunque todo esto es un tema bastante complejo y muy engorroso.


Saludos y de nuevo gracias.

Respuesta 10/09/2020

Aportada por: Iñigo Portilla Abiega

Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería

Enunciado de respuesta:

Suerte.


Un saludo

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