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Consulta 22/02/2018
Formulada por: djaa
Descripción: Buenos días,
Os pongo en contexto: En Enero 2018 cumplí 3 años con una residencia temporal de investigador amparada bajo la Ley 13/2014. Ahora en Febrero he cambiado de empleador y por lo tanto he solicitado nuevamente mi autorización de residencia.
El día de hoy recibí la resolución y veo que indica autorización inicial de residencia. Me esperaba una autorización de residencia renovada, pero no estoy seguro si el cambio de empleador tiene algún efecto.
Podrían, por favor, aclararme si al obtener una autorización de residencia inicial se reinicia el computo del tiempo de residencia?, y si hay alguna repercusión de cara a obtener la residencia de larga duración?
Muchas gracias de antemano.
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 01/03/2018
Aportada por: Josefina Martín Martín
Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Las Palmas
Enunciado de respuesta: Hola djaa: por lo que pones, entiendo que tienes una residencia de estudios, y, que con ella has estado trabajando. De ser así, la residencia de estudiante no es residencia temporal, no computa a efectos de larga duración, ni de nacionalidad. Lo que si te permite es a los tres años de estancia en España, si acreditas una serie de requisitos, pasarte a residencia temporal inicial. Si no te he entendido bien, y es otra la autorización que tienes, por favor, vuelve a escribirme indicándome exactamente que tipo de autorización tienes. Un cordial saludo