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Consulta     12/05/2020

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Formulada por: feli_cl

Mi bebé nació en Bilbao, España

Descripción: Muy buenas tardes, quisiera saber si me pueden orientar por lo siguiente: Somos Chilenos, estamos con nuestros papeles en regla, el visado que tenemos es por estudios y ha nacido nuestra hija acá en Bilbao. Tenemos las siguientes dudas si nos pueden ayudar:
1.-Tengo entendido que los menos de 14 años tiene salud gratis en el territorio, me han dicho que la inscriba en la seguridad social para que a atiendan en el servicio de salud. ¿Debo hacer algún tramite?
2.-¿Como hacer para que la pequeña tenga la nacionalidad Española?¿Se puede?
3.-Por ejemplo si quiero ir a Chile, que debo hacer para llevar a la bebé? lo pregunto porque supongo que hay que salir con un pasaporte o algún documento acreditativo.

Muchas gracias desde ya por su ayuda.

Nacionalidad: Chile

País de residencia: España

Provincia: Vizcaya

Respuesta 13/05/2020

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

 


Hola feli_cl


En principio nada hay establecido respecto a los menores de 14 años. La asistencia sanitaria para menores debería de estar cubierta porque predomina el ser menor frente a cualquier otra situación. No obstante, sí es cierto que os podríais encontrar con problemas a la hora de esa asistencia sanitaria porque al ser estudiantes, uno de los requisitos que os exigen para poder estar como tales, es acreditar que disponéis de un seguro médico que cubra la estancia en España.


Acude al centro de salud que te corresponda por el domicilio y pide cita con la Trabajadora Social para que tramite la asistencia sanitaria y si lo deniegan, puedas recurrirlo.


El hecho de nacer en España, no otorga la nacionalidad española. España sólo da la nacionalidad española por el hecho del nacimiento, siempre y cuando el país de los padres no conceda de forma automática la nacionalidad de los padres, es decir, cuando el país de los padres no aplica el "ius sanguinis" (derecho de sangre). En ese caso, España aplica el "ius soli" (derecho de suelo).


En vuestro caso Chile aplica el derecho de sangre, por lo que no se puede solicitar la nacionalidad por simple presunción. La ventaja que tiene, es que en vez de necesitar dos años de residencia legal y continuada para poder pedir la nacionalidad por residencia, sólo necesitará un año de residencia, no de estancia.


Lo que tenéis que hacer es solicitarle el pasaporte en vuestro consulado y una vez que tengáis el pasaporte, solicitar en extranjería la documentación para que tenga la misma que vosotros. Una vez con esa documentación, ya podréis viajar a Chile y podríais regresar con él también. Con el pasaporte podríais también viajar pero a la hora de regresar, podríais tener problemas para que lo dejaran entrar.


Suerte y un saludo.

Consulta 15/05/2020

Aportada por: feli_cl

Enunciado de respuesta:

 Muchas Gracias Patricio por la respuesta, efectivamente había leido lo mismo que me señalas, pero tenía la incertidumbre, ya que hay mucha información diferente en internet y con esto del Coronavirus no hay lugares donde poder consultar. 


Mi ultima duda es la siguiente: Rescpecto al tema de  sólo necesitará un año de residencia, no de estancia. En nuestro caso estamos de estancia cierto? Mi Señora está haciendo un doctorado por lo que tenemos aproximadamente 2 años más acá. En el caso de la Bebé que debo hacer para que ese año de residencia sea correcto y no solo una estancia? No se si me explico bien con el tema. Debo hacer un tramite diferente? 


He preguntado en mi consulado y las solicitudes para trámites de inscripciones demoran aproximadamente entre 9 y 10 meses, lo cual sí o sí estare este año acá. 


 


Muchas gracias desde ya por tu respuesta. Un abrazo

Respuesta 19/05/2020

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

 Hola de nuevo feli_cl


Deberéis tramitarle primero el pasaporte chileno y una vez que lo tenga, tramitarle para que le den la documentación de familiar de estudiante.


Para que él pueda conseguir la residencia, es necesario que cualquiera de vosotros la adquiráis primero y después ya se la podéis solicitar pare la niña por ser menor a cargo de residente legal y nacida en España. 


Para que vosotros podáis acceder a la residencia desde estudios, tendríais que llevar en España tres años de estancia por estudios y con un contrato de trabajo, cambiar a residencia y trabajo o cambiar a residencia de búsqueda de empleo si tenéis un nivel 6.


De todas formas, acercaros a Cruz Roja o a cualquier otra organización que asesore en materia de extranjería y viendo vuestro caso concreto, os indicarán con mayor exactitud.


Además, tamibén podéis preguntar en extranjería por si le dieran directamente la residencia (dudo que eso ocurriera). Legalmente lo que le corresponde es la estancia, por ser familiar de estudiante.


Suerte y un saludo de nuevo.

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