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Consulta 22/08/2018
Formulada por: OlivierB
Descripción: Me gustaría saber cual es el plazo máximo de resolución para la renovación de permiso de residencia para Profesionales altamente cualificados (ley 14/2013). En la documentación se refiere a un plazo máximo de 20 días pero no se especifica si es para las solicitudes iniciales o para las renovaciones.
¿Hay un recurso si no se resuelve en el dicho plazo? ¿Cual sería el proceso para autorizaciones estimadas por silencio administrativo?
Nacionalidad: Canada
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Respuesta 23/08/2018
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estimado OlivierB: De acuerdo al Reglamento de Extranjería en su artículo 93 transcurrido el plazo de tres meses para resolver sobre una solicitud de renovación de autorización de residencia temporal y trabajo, ésta se entenderá estimada. El órgano competente para conceder la autorización vendrá obligado, previa solicitud por parte del interesado, a expedir el certificado que acredite la renovación por este motivo y, en el plazo de un mes desde la notificación del mismo, su titular deberá solicitar la renovación de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la que deberá constar la mención a Tarjeta azul-UE. Ha de tener en cuenta,igualmente, que la presentación en plazo de la solicitud de renovación prorroga la vigencia de la autorización que está pretendiendo renovar hasta que se resuelva el procedimiento. Es más, los efectos de la autorización renovada se retrotraerán al día inmediatamente siguiente al de la caducidad de la autorización anterior. Por tanto, si en 3 meses no le resuelven se entenderá renovada, estando prorrogada su validez desde el día siguiente de la caducidad de la anterior. Puede solicitar una certificación de resolución por silencio positivo si bien, como le explicamos, no es del todo necesario. Esperando haberle aclarado, reciba un cordial saludo.