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Consulta     17/11/2020

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Formulada por: Angel91

De estudiante a Arraigo o Asilo

Descripción: En Febrero cumplire 3 años desde que entre a España con mi visado de estudiante, el visado de estudiante me caducara, tras caducarse mi permiso puedo solicitar arraigo social? Podria solicitar asilo y refugio en virtud de la situación actual de Venezuela? Cual seria la mejor opción?
Muchas gracias

Nacionalidad: Venezuela

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 27/11/2020

Aportada por: Elena Mariscal Valero

Su tarjeta de presentación: Abogada de Cruz Roja Española en Málaga

Enunciado de respuesta:

 Buenos días, 


Para pedir arraigo social, entre otros documentos dberías conseguir un contrato de trabajo por una duración mínima de un año y que te suponga como mínimo el salario mínimo interporfesional.


Puedes pedir el asilo por razones sobrevenidas debido a la situación que existe en la actualidad en tu país, y aunque es más que probable que se te deniegue el asilo sí que tendría posibilidad de que se te conceda una autorización de residencia temporal por razones humanitarias. 


Ten en cuenta no obstante que el asilo tiene sus plazos, no tendrías autorización de trabajo hasta que no hayan trasncurrido 6 meses desde la aolicitud de dicha protección internacional.


Si lo que quieres es acceder cuanto antes a una autorizaciuón de trabajo, la vía más rápida sería a través el arraigo social si  consigues el contrato de trabajo con las características descritas anteriormente.


Te adjunto ficha informativa del arraigo social donde puedes consultar los requisitos y los documentos que deberías presentar.


http://extranjeros.inclusion.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja036/index.html


Un saludo.

Respuesta 27/11/2020

Aportada por: Elena Mariscal Valero

Su tarjeta de presentación: Abogada de Cruz Roja Española en Málaga

Enunciado de respuesta:

 Buenas tarde Nico Torres, 


Efectivamente para acceder a una residencia por familiar de ciudadano de la UE es necesario acreditar que se cuenta con medios económicos y cobertura sanitaria.


Los medios económicos se pueden acreditar por una contrato de trabajo, saldos bancarios, propiedades, etc... y es extranjería la que valorará si estima que son suficientes.


Si su marido consigue empleo antes de la cita en extranjería por supuesto que la lleve, pero incluso si usted consiguiese un precontrato de trabajo también podría aportarse como medio de prueba de los medios económicos.


Respecto a que se presente la solictud pasados los 90 días en los que dispone de visa como turista no debería ser un inconveniente para que se le conceda si cumple con el resto de los requisitos.


http://extranjeros.inclusion.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/index.html


Para cualquier duda adicional puede poner en contacto con Cruz Roja en Málaga y tras registrarse solicitar ser atendido por el Servicio Jurídico.


Un saludo.

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