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Consulta 08/02/2017
Formulada por: Uruguaya2
Descripción: Hola,
Dentro de unos meses estaré viajando desde Uruguay a realizar un máster de 1 año junto a mi novio quien tiene la ciudadanía española.
Quería saber si para poder trabajar durante mis estudios necesito algún tipo de permiso.
En el caso que luego de culminar el máster quiera quedarme un tiempo a trabajar, esto no sería posible dado que existe un catálogo de difícil cobertura y si mi cargo no aparece allí no es posible ¿verdad?
Y si sucede que mientras estudio encuentro un trabajo en el que quisieran que me quede un tiempo más luego de terminar el máster ¿debería de regresar a mi país a solicitar una visa de trabajo, o debería de volver al país para solicitar antes de culminar los estudios?
Espero haber sido clara.
Muchas gracias por la atención!
Nacionalidad: Uruguay
País de residencia: Uruguay
Respuesta 26/02/2017
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: EStimada amiga, En principio, para cursar esos estudiios en España debería obtener un visado para estudios en el Consulado de España, y una vez en España tramitar su tarjeta de identidad de extranjero. Para ello debería acreditar estar matriculada o admitida en un centro de estudios en España y que tiene medios de vida para su sostenimiento en España. Mientras su tarjeta estuviera en vigor, tendría la oportunidad de obtener una autorización para trabajar a tiempo parcial compatible cons sus estudios. Puede encontrar información sobre este trámite pinchando aquí. Una vez finalicen sus estudios, si quiere obtener una autorización para residir y trabajar en España, debería tramitar una autorización de trabajo por cuenta ajena. Este trámite requiere que usted no se encuentre irregularmente en España, y en princpio en su caso se tendría en cuenta la situación nacional de empleo salvo que esté en alguno de los supuestos que excluyen de este requisito, los cuales puede encontrar pinchando aquí. No obstante, al tener pareja española, usted también podría tener la oportunidad de obtener la residencia en régimen comunitario, pues dicha posibiidad se extiende ahora también a las parejas de hecho no registradas, siempre que acrediten un vínculo duradero. Se presume que existe este vínculo si se puede acreditar la convivencia marital durante al menos un año. Además, se requiere que su pareja esté trabajando en España o tenga medios de vida propios. Esta autorziación la podria solicitar usted personalmente en España en cualquier momento en que se cumplieran los requisitos para ello. Puede encontrar información sobre este trámite pinchando aquí. Suerte y un saludo.