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Consulta 06/04/2016
Formulada por: Santi13
Descripción: Buenas Noches,
soy TSU en administracion de recursos fisicos y financieros me gustaria ir a vivir en españa legalmente,con mi parja e hijos actualmente tengo 2 hijos uno de 5 años y otra de 1 año y 5 meses,soy nieta de española y me dirigi al consulado y me dijeron que la unica opcion era irme alla 2 años legalmente y asi optar por la nacionalidad, pero no se de que forma irme legalmente, estuve leyendo en internet sobre el empadronamiento, me gustaria saber si es factible estar en el pais de esa manera que tengo entendido seria como residente irregular... sino me gustaria me asesoraran que debo hacer. Gracias
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: Venezuela
Consulta 06/04/2016
Aportada por: Santi13
Enunciado de respuesta: Buenas tardes. Muy agradecida a su asesoria, lo que entendi es que si me voy y me empadrono perderia el derecho por asi decirlo de reclamar la nacionalidas a traves de mi abuela siendo esa un lapso de menor tiempo (1 año), pero si me empadrono pudiese conseguirla en 3 años, y asi olvidarme de la opcion de reclamar la nacionalidad por mi abuela? pero ahora mi duda es? si me empadrono me pudiesen deportar igual? o si estando en esa situacion y demostrando que me puedo mantener y estoy pagando un alquiler me permitirian seguir residiendo alli?. Otra pregunta como yo tengo familia alli, no hay la posibilidad de reagrupacion familiar??. De ante mano agradecida en lo que me puedan asesorar, gracias. Vanessa Meneses
Respuesta 07/04/2016
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola de neuevo Santi13. No debo haberme explicado bien. Para que puedas obtener la nacionalidad, sólo puedes hacerlo por residencia legal en España; da igual que tengas abuela española o no, lo importante es que tienes que adquirir primero la residencia legal y después ya podrías solicitar la nacionalidad bien con un año de residencia legal, si tu abuela es española o bien con dos años de residencia legal si no tuvieras a tu abuela española. Si vienes, precisamente lo primero que tienes que hacer es empadronarte para poder demostrar los tres años en España y así poder solicitar la residencia cuando llevaras esos tres años. El derecho a solicitar la nacionalidad a través de tu abuela como tú dices, no lo pierdes porque en realidad no existe como tal. La nacionalidad en este caso, se solicita por residencia y el hecho de que tu abuela sea española de origen, lo que hace es que en vez de tener que esperar 2 años de residencia legal, sólo tengas que esperar 1. Primero tienes que conseguir la residencia legal y esta sólo se consigue una vez que lleves en España 3 años continuados y cumplas otra serie de requisitos y una vez que ya tengas la residencia, deberías esperar otro año más para poder solicitar la nacionalidad por residencia por ser nieto de española. Si te empadronas, el riesgo de que te puedan iniciar un procedimiento sancionador que pudiera concluir con una orden de expulsión, existe igual, pagues o no pagues un alquiler, porque el procedimiento te lo iniciarían por estar en situación documental irregular, porque pasados 90 días, ya estarías irregular. Respecto a la reagrupación familiar, sólo cabe esta si eres cónyuge o pareja de hecho, hijo menor de edad o padre o madre de residente legal, con residencia renovada o salvo que alguno de tus familiares en España, tenga la nacionalidad española o alguna nacionalidad europea, en cuyo caso, te podrían reagrupar siempre y cuando acreditaras que estás a su cargo y por lo que cuentas, no parece que así sea. Suerte y un saludo de nuevo.
Respuesta 06/04/2016
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola Santi13. Es difícil darte una información concreta dado que hay muchas particularidades, pero a grandes rasgos, decirte que si vienes como turista, transcurridos 3 meses, te encontrarías en una situación documental irregular y podrían iniciar un expediente sancionador que podría concluir con una orden de expulsión. Efectivamente, para obtener la nacionalidad española, es necesario llevar en España con residencia legal 2 años continuados e inmediatamente anteriores al momento de solicitarla. En tu caso, como eres nieta de española, necesitarías un año de residencia legal, pero tiene que ser residencia legal, si vienes y estás aquí, te puedes empadronar pero eso no te da ningún derecho, simplemente sirve para acreditar que estás aquí y para, después de 3 años, poder solicitar la residencia por circunstancias excepcionales. Como ves, podéis venir como turistas pero eso sólo permite estar de forma legal, 90 días y si se quiere venir a residir, es necesario venir con un visado de residencia o un visado de residencia y trabajo. El segundo, en estos momentos, no es posible conseguirlo y el primero te lo podrían conceder si acreditas que dispones de ingresos que superen los 2.100 euros al mes, que teniendo en cuenta que sois 4 miembros en la unidad familiar, los ingresos que os exigirían serían casi 3.800 euros al mes. Si estás aquí transcurridos 3 meses, no podrías regularizar tu situación hasta que llevaras 3 años en España de forma continuada y consiguieras un contrato de trabajo. Suerte y un saludo.
Respuesta 11/04/2016
Aportada por: Patricio Sánchez Cortés
Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola de nuevo Santi13. Respondiendo a tus preguntas: Como ya te dije en la anterior respuesta, ni tu tía materna ni tu hermana, pueden solicitar la reagrupación porque sólo se puede con los familiares de primer grado (cónyuge o pareja de hecho, padres o hijos). Sólo podrían si tuvieran la nacionalidad española y siempre y cuando acreditases que dependes económicamente de ellos y siempre que acredites que no percibes ningún tipo de ingreso allá en Venezuela. Si tu hermana lleva aquí 12 años con residencia legal, es raro que no tenga la nacionalidad española. Si no la tiene, no te puede reagrupar. Si la tuviera, podrías obtener aquí la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión siempre y cuando acreditaras, como te he dicho, que dependes económicamente de ella (envíos de dinero el último año y documentación de Venezuela que acredite que no percibes ningún tipo de ingreso). Respecto a tu última pregunta, no puede hacerlo, porque se tiene en cuenta la situación nacional de empleo de aquí de España y no iban a conceder la autorización de residencia y trabajo para que después pudieras solicitar el visado de residencia y trabajo. Suerte, ánimo y un saludo de nuevo.
Consulta 11/04/2016
Aportada por: Santi13
Enunciado de respuesta: Buenas noches, anteriormente has contestado mis consultas y he quedado muy clara, pero leí un caso de alguien de acá de mi país y me surgen otras preguntas.