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Consulta     21/09/2020

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Formulada por: Jovilee

Arraigo familiar

Descripción: Llevamos un tiempo intentando hacer un arraigo familiar y nos lo deniegan por una cosa o por otra (estamos ya desesperados). Situación: desde 2012 en España / Conyugue e hijo españoles. Situación esposo: fijo discontinuo con excedencia en Cataluña / en la actualidad con contrato laboral en Valencia. 1º nos denegaron por mi contrato ser de Cataluña y nosotros vivir en Valencia. Alegaron que por esa causa no convivíamos juntos, eso fue en la sede de extranjería de Valencia recogieron la documentación. 2º recibimos notificación de que faltaba documentación y enviamos el contrato de trabajo de mi esposo en Valencia. 3º envían notificación denegando el arraigo por estar mi esposo con el subsidio por desempleo a la fecha que enviamos la solicitud del trámite.Siendo fijo discontinuo el tiene derecho a ese subsidio por el tiempo que pasa entre temporada y temporada. Ya no sabemos muy bien que hacer y nos sentimos perdidos. Un cordial saludo

Nacionalidad: Chile

País de residencia: España

Provincia: Valencia

Respuesta 01/10/2020

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

 Hola Jovilee.


Si lo que se pide es arraigo familiar por tener a cargo un hijo menor de edad de nacionallidad española, no se exige ni contrato de trabajo, ni ingresos, simplemente acreditar que es menor de edad español, esté a su cargo y conviva con él. Además es una autorización de residencia que da derecho a trabajar aunque no se haya presentado contrato de trabajo y no deben exigir que se acredite ningún tipo de ingreso.


No nos dices si tus hijos españoles son menores de edad o mayores. Si son mayores, no se puede solicitar arraigo familiar sino que podrías solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión por ser esposa de español y quizá sea esto lo que estáis pidiendo y os están denegando porque aquí sí que exigen que el ciudadano español esté de alta en la Seguridad Social como trabajador o si no lo está, debe acreditar ingresos.


En cualquier caso, si solicitáis esto último y os lo deniegan, cabe hacer un recurso de alzada. Acercaros a Cruz Roja o a cualquier otra organización que asesore en matería de extranjería y allí os podrían ayudar a hacer el recurso de alzada para el que hay un plazo de un mes desde que os notifican.


Suerte y un saludo.

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