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Consulta 19/10/2017
Formulada por: Yos
Descripción: Buenas tardes,
Mi esposo, mis dos hijos, una actualmente mayor de edad y el otro menor de edad y yo llegamos a Barcelona, hace dos años y un mes, llegamos como estudiantes y luego solicitamos protección internacional, somos venezolanos, actualmente estamos trabajando, mi esposo como Asesor de Seguros y yo como administrativa, cabe señalar que ambos somos profesionales, en mi caso con un postgrado realizado acá en España. Hoy cuando fuimos a renovar nos dijeron que nos denegaban la protección por lo cual quería saber si tenemos posibilidad de realizar cualquier tramite que nos permita seguir legal y trabajando.
Gracias.
Nacionalidad: Venezuela
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Respuesta 06/11/2017
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimada amiga, Me temo que en su situación actual será difícil obtener una autorización de residencia y trabajo, ya que en casos como el suyo el procedimiento que se suele usar es el de residencia por arraigo, para lo que se requiere llevar al menos tres años en España, y parece que todavía ustedes no cumplen este requisito. No obstante, les aconsejaría que presentaran un recurso judicial contra la denegación de su solicitud de asilo, pues dada la situación en Venezuela, creo que tendrían argumentos para dicho recurso. Para ello podrán solicitar que les designen abogado y procurador de oficio si no tienen recursos económicos para costearse uno particular. Suerte y un saludo.
Respuesta 06/11/2017
Aportada por: Judith Sobrino González
Su tarjeta de presentación: Abogada colaboradora de Fundación Migrar - Valladolid
Enunciado de respuesta: Buenas tardes, Complementando la respuesta de mi compañero, le recomiendo que le plantee al abogado que le designen para el recurso ( si solicita justicia gratuita) la posibilidad de solicitar como medida cautelar el mantenimiento de la autorización de trabajo hasta que se resuelva el recurso, de manera que no afecte tanto a la estabilidad económica de la familia. Un saludo, atentamente, Judith Sobrino
Consulta 17/11/2017
Aportada por: Yos
Enunciado de respuesta: Primeramente gracias por la respuesta a mi consulta anterior, sin embargo, tengo otra consulta que hacerles. Si nosotros llevamos dos años y un poco viviendo en España, y actualmente contamos con trabajo de forma legal, ¿por que no es posible, realizar el arraigo laboral, ya que si lo podemos solicitar si estuviéramos ilegales?, ¿por que no podemos hacerlo en nuestro caso que nos contrataron estando legales?
Respuesta 22/11/2017
Aportada por: Javier Sánchez Ribas
Su tarjeta de presentación: Abogado Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Estimada amiga, Para obtener una autorización de residencia por arraigo labora hay que acreditar que se ha estado trabajando al menos seis meses en España. Pero esto solo puede acreditarse mediante resolución judicial o acta de la Inspección de Trabajo. Es, decir, que habría que demandar o denunciar a su empresa, lo que en su caso no procedería ya que ustedes estuvieron trabajando legalmente. Esto es así porque el procedimiento está pensado para personas que han trabajado en situación irregular, como una forma de sanción al empleador, lo que, como le decia, no ocurre en su caso. En cuanto a la solicitud de abogado de oficio, deberá dirigirse al Colegio de Abogados de Barcelona, donde le indicarán donde y como formular la solicitud. Suerte y un saludo.