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Consulta 14/10/2019
Formulada por: Lgarino
Descripción: Buenos Días. Necesito me asesoren y me orienten en este trámite ya que estamos un poco perdidos.
Yo soy Argentino con Nacionalidad Italiana y estoy en pareja con un Uruguayo (Pareja homosexual) sin pasaporte comunitario.
Actualmente vivimos en Italia pero mi empresa me traslada a trabajar a España y quiero que él vaya conmigo y obtenga la residencia permanente y la posibilidad de trabajar legalmente.
Mis consultas son:
1) Cuales son los pasos a seguir una vez llegados a Madrid para que le otorguen la residencia definitiva?
2) En España hay alguna diferencia entre Unión Civil y Convivencia de Hecho Italiana?
3) Que requisitos, documentación, legalización, apostillas y mas pide la comunidad de Madrid para realizar y aprobar el tramite.
4) Cuanto tiempo suele tardar este tramite para que el pueda comenzar a trabajar legalmente?
Muchas Gracias por toda la información que me puedan enviar.
Nacionalidad: Italia
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 14/10/2019
Aportada por: Raúl Báez Quintana
Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central
Enunciado de respuesta: Estimado Lgarino: La normativa española contempla la posibilidad de conceder una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE a Pero también, contempla como "otros familiares" que se benefician a: Por tanto, cuando entren en España han de empadronarse en un domiclio (ante el ayuntamiento), usted como ciudadano italiano inscribirse en el Registro de Ciudadanos de la UE residentes, y su pareja solicitar tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, marcando la casilla correspondiente a pareja de hecho (si están inscritos en Italia, presentar dicha acreditación, y si no están inscritos como pareja aportar pruebas de una convivencia superior al año). Ahora bien, la dificultad estriba en que ahora se pide para la concesión de lo anterior, que acrediten medios de vida bien a través de un contrato de trabajo bien por tener ahorros suficientes. Tanto la inscripción suya como la tarjeta de residencia de su pareja son necesarias para residir más de 3 meses con lo que disponen de este tiempor para buscar empleo u otros medios de vida. De cualquier forma, piensen que siempre reunirán los requisitos (ciudadano comunitario y pareja), con lo que sería cuestión de buscar primero el empleo y luego proceder al trámite. Esperando haberles aclarado, reciban un cordial saludo y mucha suerte. las parejas de hecho, tanto registradas como no. En este último caso, se ha de acreditar una convivencia estable