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Consulta 12/04/2011
Formulada por: Cristi33883
Descripción: Hola. Soy brasileña, mi pareja es español, vivimos actulamente en Buenos Aires, por motivos de estudios. Nos casaremos aquí y haremos el trámite para escribir nuestro matrimonio en el consulado de España de acá. Haremos un contrato acá de separación de bienes. ¿Esto será válido para España? Por en un año y pico volveremos a España. ¿Tenemos que hacer capitulaciones matrimoniales en España? Queremos que conste renuncia de pensiones compensatorios, ésto no se puede hacer en el contrato de separaciones de bienes acá en Argentina, pero lo que nos importa es en España, que es donde iremos a vivir realmente. ¿Qué podemos hacer? Nos casamos en junio, mi marido irá a España en agosto, ¿habría algo que él pudiera hacer? Gracias.
Nacionalidad: Brasil
País de residencia: España
Provincia: Salamanca
Respuesta 15/04/2011
Aportada por: Asoc. de Familias Mixtas ASFAMIX
Su tarjeta de presentación: Asociacion de parejas mixtas, y hogares binacionales, donde existe + de una nacionalidad o cultura.
Enunciado de respuesta: Hola Cristi, Por nuestra experiencia, aconsejamos que ustedes se casen en el país donde hayan decidido establecer el domicilio conyugal, pues la tramitación y registro de su matrimonio de un país a otro, es lento , en el caso de matrimonio, y si ustedes van a vivir en España, va todo posteriormente centralizado al Registro General de Madird, por lo que pueden entregaros el libro de familia en un plazo no razoble. En vuestro caso particular, podéis solicitar casaros en el Consulado Español de Buenos Aires, de esa forma es un matrimonio bajo la legislacion española, os entregan el libro de familia de una vez, y por ahí mismo realizáis las capitulaciones matrimoniales, en España es en régimen de gananciales o en separación de bienes. Para casaros en el Consulado Español, si tu pareja está empadronado en España, y reside en Argentina circunstancialmente, debe solicitar dicha opción, en el Registro Civil que le corresponda por domicilio. En el caso de que finalmente ustedes se casen ante las autoridades argentinas, sobre el régimen matrimonial, se puede hacer con posterioridad, y/o una vez tengan el libro de familia y/o reconocido a través de un registro civil español, pueden acudir a cualquier notario español, establecer el régimen matrimonial, y el documento del notario llevarlo al registro civil, donde le pondrán la inscripción de su régimen matrimonial. Saludos.
Respuesta 16/04/2011
Aportada por: María del Loreto Blázquez Gallego
Su tarjeta de presentación: Colaboradora Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Hola: La respuesta de los compañeros es bastante acertada a vuestra pregunta, así que espero que os haya resuelto vuestras dudas. En resumen, es mejor que os caséis en el consulado español para que el matrimonio tenga validez en España sin más trámites, y ahí mismo podéis solicitar lo que estiméis conveniente en cuanto a vuestro régimen matrimonial. Un saludo.
Consulta 16/04/2011
Aportada por: Cristi33883
Enunciado de respuesta: Hola, muchas gracias por las informaciones. Lo unico que dudo es que no estoy segura que si pueda casar en el consulado español de Buenos Aires, por lo que sé lo unico que se hace ahi es matricularte una vez que estes casado por el registro civil argentino. Por lo menos en la pagina del Consulado no pone nada de celebracion de matrimonios en el consulado. De todas maneras me acercaré el consulado para preguntarles. muchas gracias a todos. saludos Cristiana