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Consulta     12/08/2011

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Formulada por: gleny

Cambiar de estado civil en medio del trámite de la nacionalidad

Descripción: Hola, en diciembre del 2009 empecé el trámite para la nacionalidad más o menos, en julio del 2011 se encuentra ya en estudio. Pero en abril de este año me casé, ¿es necesario comunicar mi estado civil? Si es así, ¿hay algún medio práctico para enviar mi acta de matrimonio? La boda fue en España. O para cuando ya tenga la cita para la jura llevo el acta. Gracias.

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Las Palmas

Respuesta 17/08/2011

Aportada por: Albert Rich

Su tarjeta de presentación: Licenciado en derecho, de U.G.T. De cada consulta me queda un valor añadido en conocimientos...

Enunciado de respuesta:

 


Existe una norma del regimen legal de extranjería, que obliga a comunicar todo cambio de domicilio, nacionalidad o estado civil.-


Está contenida en la Ley Orgánica 4/2000, que tipifica como infracción leve, en su Artículo 52. Infracciones leves. A la omisión o el retraso en la comunicación a las autoridades españolas de los cambios de nacionalidad, de estado civil o de domicilio, así como de otras circunstancias determinantes de su situación laboral cuando les sean exigibles por la normativa aplicable.


 


En tu caso, prepararía un escrito por duplicado, de un texto similar, informando tu cambio de estado civil; y adjuntando una copia simple del certificado de matrimonio; y lo presentaría uno en el registro civil donde haz tramitado la solicitud de nacionalidad española, y el otro en la oficina de extranjería correspondiente a tu domicilio; conservando una copia sellada y firmada de cada uno de ellos; de manera que no te puedan llegar a imputar la omisión (tal vez sí el retraso) en la comunicación del cambio de estado civil.-


Una vez hecho esto, tu escrito deberá ser enviado al expediente de nacionalidad y al expediente de extranjería en el que tienes concedida la autorización de residencia. Posteriormente, en el momento de adquirir la nacionalidad española, también deberías comunicarlo a Extranjería, como asi también a todos aquellos lugares en que puedas estar registrada, como ser la seguridad social, agencia tributaria, ayuntamiento, etc.

Consulta 17/08/2011

Aportada por: gleny

Enunciado de respuesta:

Gracias por su respuesta,, pero me quiere decir que tengo que buscar un abogado?? para realizar el escrito.. o puedo redactarla yo mismo... claro mi demora es que por desconociento y falta de tiempo.. no lo eh realizado... y cual seria la sancion en este caso?.. espero que estas cosas sean leidas por muchos , ya que por desconocimiento se puede infringir sin querer,, gracias


 

Respuesta 18/08/2011

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Aportada por: María del Loreto Blázquez Gallego

Su tarjeta de presentación: Colaboradora Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

Hola:


El compañero te comenta que has de comunicar a extranjería el cambio de estado civil, pero para lo que es tu nacionalidad, es decir, al registro civil, no es necesario, a no ser que influya en el hecho de obtener tu nacionalidad. En tu caso, no influye, puesto que es un matrimonio, y no un divorcio, por ejemplo, así que no es "necesario" que lo comuniques. Si quieres llevarlo como información adicional el día de la entrevista, puedes, pero no es necesario.


Eso sí, a extranjería si debes comunicarlo lo antes posible, como te indica el compañero, y no hace falta que consultes con un abogado, simplemente adjuntas con un escrito el certificado de matrimonio, y pones en el escrito, por la presente, comunico a esta oficina de extranjeros el cambio de mi estado civil, y adjunto el certificado, a los efectos oportunos. Antes de esto, pones "A la oficina de extranjeros de Las Palmas", pones tus datos (NIE, nombre completo, dirección de contacto, teléfono, etc.) y después de la explicación, fecha y firma. Te lo he hecho en plan simple, pero lo importante es el contenido, no la forma, y eso bastará para comunicar tu cambio de estado civil a extranjería.


Espero haberte ayudado.


Un saludo.

Consulta 18/08/2011

Aportada por: gleny

Enunciado de respuesta:

UFFF .... gracias ahora me siento mas tranquila... claro entendia que como quiero solicitar la tarjeta comunitaria.... y aun esta en tramite el registro de la partida en el pais de mi esposo que es Holandes.... que en ese monento cuando tenga inscrita la partida... ya debia aununciar mi matrimonio, digame es un tramite personal?? o puedo autorizar a otra persona... y gracias por su tranquilizante y acertada respuesta.

Respuesta 18/08/2011

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Aportada por: María del Loreto Blázquez Gallego

Su tarjeta de presentación: Colaboradora Fundación Migrar

Enunciado de respuesta:

 Hola:


Como es una simple comunicación, y a través de un registro general que dé el servicio, lo puede hacer cualquier persona, firmando el escrito tú, eso sí.


Un saludo.

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