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Consulta 07/07/2011
Formulada por: Crisamar
Descripción: Hola, me enteré de que la nueva ley para padres de niños españoles ya está en vigor, me gustaría que me ayudarais a saber los requisitos que piden y en qué sección de Extranjería tengo que pedir la cita, llevo 5 años en España. Gracias.
Nacionalidad: Paraguay
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 16/07/2011
Aportada por: María del Loreto Blázquez Gallego
Su tarjeta de presentación: Colaboradora Fundación Migrar
Enunciado de respuesta: Hola: Efectivamente, desde el 30 de junio está vigente el nuevo reglamento de extranjería, en el que se incluye la posibilidad de dar la residencia a los padres de hijos españoles. La documentación a aportar es: formulario ex-10 firmado por ti, copia del pasaporte completo con vigencia mínima de 4 meses (deberás enseñar el original el día de la presentación de la solicitud), certificado de antecedentes penales de tu país, legalizado y de los sitios en los que hayas estado los últimos 5 años, y certificado de nacimiento de tu hijo. Para pedir cita, lo puedes hacer a través de este enlace, poniendo la provincia donde estás y el procedimiento, de residencia por circunstacias excepcionales por arraigo. Das a aceptar, y después sigues las instrucciones de las siguientes páginas. https://sede.mpt.gob.es/icpplus/citar Espero haberte ayudado. Un saludo.