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Consulta 23/11/2022
Formulada por: Cura
Descripción: Hola buenos días, lo primero es saber si uno cancelando el asilo puede solicitar otro tipo de residencia ya que estoy en el proceso de montar una SL pero no la puedo poner a nombre mío ya que no tengo asignado el número de NIE solo tengo la hoja de resguardo. Muchas gracias
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 24/11/2022
Aportada por: Elena Mariscal Valero
Su tarjeta de presentación: Abogada de Cruz Roja Española en Málaga
Enunciado de respuesta: Buenos días, Me temo que no puedo darle una respuesta a su consulta ya que me da información contradictoria, me habla de la posibilidad de cancelar el asilo (imagino que se refiere a una solicitud de asilo) pero después me dice que no tiene asignado NIE, si no le han asignado un NIE entiendo que entonces no es solictante se asilo, lo que tiene es la "manifestación de voluntad de solictar protección internacional", lo que llamaríamos la cita para solictar asilo, es decir aun no es solicitante y por tanto no hay nada que "cancelar" Los solicitantes de asilo una vez que tienen autorización de trabajo pueden trabajar por cuenta propia y ajena. Fuera del procedimiento de asilo, le dejo hoja informativa sobre los requisitos, pero tenga en cuenta que es fundamental que no se encuentre es situación administrativa irregular en el momento de la solicitud https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja029/index.html Si usted llevara 3 años en España, ya sea en situación regular o irregular, podría acceder a la residencia a través de la figura del arraigo social por cuenta propia. Le dejo hoja informativa. https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja036/index.html