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Consulta     20/04/2020

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Formulada por: darnau

Sin papeles

Descripción: Buenos, mi pareja es de Argentina y está sin papeles. Vino en Octubre, con lo cual pasaron los tres meses de estancia como turista. Tampoco fue a checkear el ingreso a España en el pasaporte a ninguna oficina de Policia, por ignorancia, aunque tiene el billete de avión de ida. Sin embrago está aquí estudiando en una escuela de cine oficial (está inscrita en el ministerio de cultura y educación). La escuela finalizará el año que viene. ¿Habría alguna forma de conseguir los "papeles", la legalidad, ya sea por medio de un permiso de estudiante? ¿o por medio de una carta de invitación mía (aunque ya está aquí)?. Trabajo no puede conseguir legal porque no tiene papeles. También tiene bisabuelos italianos, pero conseguir ser comunitaria parece que es un proceso lento, de años. ¿qué posibilidades tenemos?. PD: Somos pareja, pero no estamos registrados como pareja de hecho, no sé si eso es importante. Gracias

Nacionalidad: España

País de residencia: España

Provincia: Valencia

Respuesta 21/04/2020

Aportada por: Noemí Otero Franco

Su tarjeta de presentación: España. Abogada. Presto asesoramiento y consejo jurídico altruistamente en materia de extranjería.

Enunciado de respuesta:

  Buenos días darnau:


En primer lugar comentarte que no es posible la solicitud de autorización de estancia por estudios para tu pareja, ya que ha expirado el visado de turista.


Respecto a los bisabuelos italianos: le darían a su pareja la posibilidad de obtener la ciudadanía italiana, siempre y cuando presente todos los documentos para acreditarlo, pero al estar en situación administrativa irregular ( "sin papeles") no puede hacerlo desde España.


Por otro lado, si su pareja ya está aquí tampoco puede hacerle carta de invitación.


Entendiendo que usted es español, si cabría una autorización de residencia temporal como familiar de ciudadano de la UE, lo que comúnmente se denomina familiar de comunitario. Para ello ha de hacerse pareja de hecho( y registrarlo en el Registro de parejas de hecho de su Comunidad). Debe atender a los requisitos que su Comunidad Autónoma le exija. Es importante que su pareja esté empadronada con usted, si no lo está háganlo. O  puede hacerse por medio de matrimonio.


El procedimiento, requisitos y documentación necesaria para tramitar la solicitud ( se ha de realizar después de hacerse pareja de hecho o tras el enlace matrimnial ) de la tarjeta de familiar comunitario lo encontrará en el siguiente enlace:


extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanoscomunitarios/hoja103/index.html


Un saludo y suerte!!

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