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Consulta     31/05/2021

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Formulada por: catalinap

Regularizar mi situación en Madrid

Descripción: Buenos días, necesitaría que me asesoren legalmente para regularizar mi situación en España porque he leído el link de arraigo pero no entiendo varias cosas. Yo entré en España en Agosto del 2018 como estudiante, y estuve como estudiante hasta Mayo del 2019. Ahora no entiendo como proceder ni donde debo presentarme. No conozco gente en Madrid para hacerme un contrato, ustedes tienen centros o contactos de ayuda??? Yo estoy graduada en dos grados universitarios, hablo inglés y demás, es decir estoy calificada pero desconozco quién pudiera hacerme un contrato. Por otra parte, no entiendo como puede hacerme un contrato una empresa si estoy irregular ??? Otra consulta es si puedo viajar dentro de la comunidad europea en este período. Además quería preguntar si puedo tramitar todo desde Madrid porque ahora estoy viviendo aquí, pero estoy empadronada desde Septiembre de 2018 pero EN LA COMUNIDAD DE La Rioja. Gracias y siento la molestia, desde ya muchas gracias. De ser posible acercarme a algún centro o algo para ayudarme, lo haría !!!

Nacionalidad: Argentina

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 02/06/2021

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Aportada por: Carlos Mas Alcántara

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Madrid

Enunciado de respuesta:

 Buenos dias:


En tu consulta no queda claro si mantienes o no tu autorización de estancia por estudios:


Si lo tienes, debes tramitar: PORTAL DE INMIGRACIÓN. Modificación de la situación de estancia por estudios, investigación formación o prácticas a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial. (inclusion.gob.es)


si ya no lo tienes: PORTAL DE INMIGRACIÓN. Autorización residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo social. (inclusion.gob.es)


 


El proceso de arraigo socal requiere un contrato que estará condicionado, es decir, la fecha de inicio no se conoce y se somete a la condición de que ten concedan la autorizacion por arraigo


Normalmente se incluye una claúsula adicional diciendo: El presente contrato entrará en vigor una vez el trabajador/a haya sido autorizado a trabajar. Se dispondrá de un mes de plazo desde la concesion de la resolucion administrativa para dar de alta en la Seguridad social


El contrato se firmará sin saber si se contratará o no, pero ya se fijará salario (que debe ser superior al Salario mínimo y horario, pero si se concede, habrá obligación de contratar y bajo estas condiciones. 


Sobre donde acudir en Madrid, dispones de Oficinas de información del Ayuntamiento de Madrid Oficina Municipal de Información y Orientación para la Integración de Población Inmigrante. Calle Juan Pantoja - Ayuntamiento de Madrid, y también puedes acudir a las Oficinas de Cruz Roja, donde podrán informarte sobre recursos sociales y de orientación laboral.


un saludo

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