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Consulta     19/02/2018

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Formulada por: alias_24110

Cónyuge Comunitario

Descripción: ¡Hola!
Gracias por leer mi consulta.

Me gustaría hacerles una pregunta. Mi esposo tiene nacionalidad italiana y venezolana. Ambos vivimos en Venezuela, pero yo solo tengo nacionalidad venezolana y queremos mudarnos a España. ¿Existe alguna visa o algún trámite que yo deba realizar antes de entrar a España? Como comenté anteriormente, solo tengo nacionalidad venezolana, y me preocupa que me nieguen la entrada a España por no tener otra nacionalidad. Estaré viajando con mi esposo, pero él no tiene problemas porque es portador de un pasaporte de la Comunidad Europea.

Muchas gracias.

Nacionalidad: Italia

País de residencia: Gran Bretaña

Consulta 20/02/2018

Aportada por: alias_24110

Enunciado de respuesta:

Estimado Dr. Báez:


Mil gracias por su respuesta y sugerencias. Le agradecemos mucho su colaboracion. 


Saludos cordiales,

Respuesta 20/02/2018

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Aportada por: Raúl Báez Quintana

Su tarjeta de presentación: Asesor legal. Cruz Roja Española - Oficina Central

Enunciado de respuesta:

 Estimada amiga:


No debería haber ningún problema para la entrada en España siempre que viajen juntos y acrediten documentalmente el matrimonio si se les requiere.  En tanto que las personas de Venezuela no requieren visado para entrar, no precisa hacer ningún trámite en Venezuela.  


La normativa indica además que: Cualquier resolución denegatoria de una solicitud de visado o de entrada, instada por una persona incluida en el ámbito de aplicación del presente real decreto deberá ser motivada. Dicha resolución denegatoria indicará las razones en que se base, bien por no acreditar debidamente los requisitos exigidos a tal efecto por el presente real decreto, bien por motivos de orden público, seguridad o salud públicas. Las razones serán puestas en conocimiento del interesado salvo que ello sea contrario a la seguridad del Estado.


Recuerde que el régimen comunitario no solo se aplica a los ciudadanos de la UE, como su esposo italiano, sino también a los familiares directos que viajen o se reúnan en España con él aún cuando no tengan la nacionalidad de un Estado de la Unión Europea.


Para residir en España por un período superior a 3 meses, su marido tendrá que inscribirse en el Registro de Ciudadanos Comunitarios y sacar su certificado y a usted le corresponde una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE,  para lo cual sí se les exigirá contar con medios económicos, por lo que la búsqueda de empleo será muy importante en los comienzos.  Si no los obtiene, no se preocupe, siempre su marido será italiano con lo que, una vez que resuelvan el tema de los ingresos, tendrían que solicitar el certificado mencionado para su marido y la tarjeta de residencia para usted.


Los impresos a rellenar una vez en España serían: 


1.- Modelo EX-18: Certificado de Residencia ciudadano UE


2.- Modelo EX-19:  Solicitud de tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE.


 


Esperando haberle sido de utilidad, reciba un cordial saludo

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