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Consulta 10/01/2024
Formulada por: Londo
Descripción: Hola.
Llevo casi 90 días en España. Hay una empresa que quiere contratarme para trabajar con ellos legalmente y me preguntan si hay algún recurso legal que ellos puedan ayudar a hacer para obtener el permiso de trabajo.
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 10/01/2024
Aportada por: Gorka Esparza Barandiaran
Su tarjeta de presentación: Asesor Jurídico de Cruz Roja en Salamanca
Enunciado de respuesta: Hola Londo, lamentablemente si estás en España no hay posibilidad de contratarte porque no tienes autorización de residencia y trabajo dado que estás con autorización de estancia de turista que expira a los 90 días. A partir de ahí para poder trabajar necesitas una autorización de residencia y trabajo de la que careces. Tampoco vale en tu caso que regreses a Colombia y desde allí con la oferta solicites visado, salvo que el puesto de trabajo que te ofrezcan sea uno de los del catálogo de empleos de difícil cobertura. Las vías para poder trabajar estando en España son: Por vía de protección internacional (si fueras solicitante de asilo/refugio): esperar a los seis meses desde la entrevista de solicitud de protección internacional, momento en el que se activa tu permiso para poder trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. Por vía del régimen general de extranjería: arraigos (del que el más habitual es el arraigo social, para lo que hace falta que lleves tres años de permanencia continuada en España y además aportes un contrato-oferta de trabajo, a 40h semanales y con salario no inferior al Salario Mínimo Interprofesional). Espero haberte orientado (pese a que no te he dado buenas noticias).