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Consulta 19/08/2018
Formulada por: LemonPie
Descripción: He entrado a Madrid como turista por carta de invitación de mi tío el 19 de diciembre del 2017. Venía a verme con mi pareja aquí y decidimos hacernos pareja de hecho en Granada, en casa de sus padres, a pesar que él vivía en Madrid y trabaja en Madrid. Nos concedieron en mayo la aceptación de la pareja de hecho en Granada; sin embargo, me denegaron la tarjeta comunitaria (en julio) por no quedar acreditado que vivíamos juntos (aunque estábamos empadronados juntos en Granada) porque mi pareja trabajaba en Madrid para una empresa en Madrid. Motivo por el cual nos empadronamos en Madrid juntos para no perder más el tiempo.
Nosotros tenemos cerca de año y 8 meses de relación, en Madrid y en Perú, hemos pedido cita para presentar el expediente en el registro civil de bodas en Madrid (la cual es en noviembre), pero nos comentaron que antes de eso, podríamos volver a presentar ante extranjería el expediente como familiar comunitaria -pareja estable no registrada-.
Tenemos pruebas de fotos, de mails, de viajes conjuntos. de algún pago que el me ha hecho, de ser pareja de hecho en Andalucía (la cual no es reconocida en Madrid), pero podría servir para afirmar que somos una pareja estable. Mi pregunta es, ¿esto tiene opción de prosperar? En caso me denegaran la tarjeta, por segunda vez, en extranjería, ¿esto repercutiría negativamente para el expediente de matrimonio civil en noviembre? Hay alguna prueba más que se pueda aportar?
Nacionalidad: Perú
País de residencia: España
Provincia: Madrid
Respuesta 22/08/2018
Aportada por: Anna Serra Gironés
Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Girona
Enunciado de respuesta: Buenas tardes, Aunque os lo hayan denegado una vez puede solicitarlo de nuevo en extranjería como pareja de hecho, pero ellos normalmente piden un volante de convivencia y normalmente ese volante de convivencia suele coincidir con el lugar donde constan registrados como pareja de hecho, en su caso, al hacer los trámites en Granada y constar empadronados en Madrid, supongo que les generó alguna duda. En cualquier caso se puede volver a solicitar siempre y cuando subsanen las deficiencias que se detectaron en la primera solicitud. Le recomendaría que acudiera a algún servicio de orientación jurídica del lugar de residencia para que le asesoren debidamente en el caso concreto. Saludos