Subscríbete a nuestro boletín semanal

actualidad

Asesoría on line

Ver consultas

Consulta     15/08/2018

Foto

Formulada por: Yiya

Turismo

Descripción: Hola

Quisiera saber si viajo de turismo a España con mi hija y esposo. Viajamos a conocer pero tengo a mi padre con nacionalidad siempre me ha ayudado económicamente y quisiera saber si él me puede reagrupar y a su vez yo puedo darle papeles a mi hija y esposo.

Gracias

Nacionalidad: Colombia

País de residencia: España

Provincia: Las Palmas

Consulta 22/08/2018

Aportada por: Yiya

Enunciado de respuesta:

 Buenas tardes


 Doctora. Mi padre adquirió nacionalidad por origen el lleva más de 20 años en España. Y por eso le preguntaba si me puede dar papeles como régimen comunitario.  Quisiera es saber si yo se los puedo dar a mi hija y esposo . Apenas llegue a España. Porque viajo hacer un Tour  por europa y me quedo en España 

Respuesta 21/08/2018

Aportada por: Rocío Barco Durán

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Ciudad Real

Enunciado de respuesta:

 Buenos días Yiya,


Es complicado lo que usted plantea ya que, a priori y sin conocer el caso en profundidad, no existe una dependencia de su padre hacia usted. También habría que preguntarse en qué condiciones su padre adquirió la nacionalidad, si por origen o por opción. En el primer caso, le sería más fácil optar por ella desde allí o cuando resida aquí por un año y a psoteriori solicitar un permiso de residencia por familiar comunitario.


 


Suerte y saludos,


Rocío.

Respuesta 22/08/2018

Aportada por: Rocío Barco Durán

Su tarjeta de presentación: Abogada. Cruz Roja Española - Ciudad Real

Enunciado de respuesta:

 Buenos días Yiya,


En ese caso tiene dos opciones: residir legalmente en España durante dos años y solicitar la nacionalidad española o solicitar permiso de residencia por familiar comunitario, si bien, como usted es mayor de 21 años, tendría que probarse que existe una interdependencia entre ustedes como para que su padre le necesite a usted en España o que él le estuviese manteniendo en su país de origen. La clave es la dependencia recíproca para que le concedan este tipo de permiso de residencia y es bastante complejo, no obstante puede ir a la Ofcina de Extranjería de su localdiad e informarse de los requisitos: documentación identificativa de ambos, prueba fehaciente de dependencia, etc.


Es decir:


Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la UE y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas. Esta dependencia debe darse en el país de origen.


 


Suerte y saludos,


Rocío.

volver

122.456 consultas resueltas - 29.204.010 páginas vistas desde julio 2005

Un espacio de Cruz Roja Española