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Consulta 16/05/2023
Formulada por: Noeliaca11
Descripción: Me negaron estancia por circunstancias excepcionales el 10 de mayo dice por falta de pruebas en lo que adjunté. Estoy en la base datos de victimas adjjnte e hice una narrativa de hechos y adicional adjunte un proyecto empresarial aprobado por upta. Pregunta: solicito recurso que vence el 27 de mayo o hago solicitud de asilo? Llegué a España el 25 de octubre 2022
Nacionalidad: Colombia
País de residencia: España
Provincia: Valencia
Comentario: Gracias
Respuesta 23/05/2023
Aportada por: Paloma Hermoso Sousa
Su tarjeta de presentación: Abogada Cruz Roja Sevilla
Enunciado de respuesta: Buenas tardes Noelia, Si cumples los requisitos para la autorización por circunstancias excepcionales, te recomendamos que sigas por esa vía. Ya bien sea presentando el recurso e incluso solicitándolo nuevamente de cero si crees que haya habido algún error, ya que a veces los recursos no reciben respuesta por parte de la Administración. La solicitud de protección internacional, tras estos meses aquí tendría sentido si puedes alegar una persecución sobrevenida, de lo contrario lo lógico para la Admin hubiera sido que la hubieras solicitado nada más llegar a España. No obstante, si sufriste algún tipo de persecución (basada en los motivos de la Convención de Ginebra y de la Ley de Asilo) en tu país de origen, estás en tu derecho de solicitar asilo, pues actualmente con el colapso que hay en el sistema para solicitar cita y realizar la entrevista, no es desmesurado que inicies el procedimiento pasados unos meses de tu llegada. Un saludo, Paloma.