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Consulta     04/11/2022

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Formulada por: Elenka5529

Pension viudez y orfandad

Descripción: Necesito presentar la solicitud de pension por viudez y orfandad en españa, por que el padre de mis hijas cotizó en españa muchos años y falleció hace poco. Estuvimos casados y ya ahora mismo vivo en Perú, el era Polaco. Cual seria la mejor via de presentar? A traves de algun gestor, un abogado de pago o tendria derecho a un abogado de oficio y de ser asi como solicito uno. Gracias

Nacionalidad: Perú

País de residencia: España

Provincia: Madrid

Respuesta 04/11/2022

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

Hola Elenka5529.



No te designarán un abogado del turno de oficio porque su intervención no es preceptiva. Puedes hacer tú la solicitud por internet o bien otorgar un poder notarial a un abogado o a algún gestor para que te lo solicite en tu nombre pero antes asegúrate que tienes derecho a dicha pensión.



Suerte y un saludo.


Consulta 04/11/2022

Aportada por: Elenka5529

Enunciado de respuesta:

Como podría asegurarme que si nos corresponde a mis hijas y a mi esa percepción? Quise solicitar el tiempo de vida laboral del padre de. Mis niñas  y me dijeron en la seguridad social q eso no lo daban de las personas fallecidas y que directamente la tesoreria lo pasaba a la seguridad social.. Se que mas de 10 años cotizó a la seguridad social y estubo en sitiacion regular al ser ciudadano europeo, incluso tenia su tarjeta de residencia permanente y como ciudadano de la union.. Yo vivi muchos años allá en españa pwro actualmente resido en Perú, si me pudieras dar mas informacion o donde llamar y que me informen.o si teneis algun abogado en estos temas para contactar



Gracias


Respuesta 04/11/2022

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Aportada por: Patricio Sánchez Cortés

Su tarjeta de presentación: Abogado. Cruz Roja Española - Salamanca

Enunciado de respuesta:

Hola de nuevo Elenka5529.



Se exige un período de cotización mínimo salvo que haya fallecido por accidente. Si no, es necesario haber cotizado tu marido, un mínimo de 15 años si en el momento del fallecimiento no estaba de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada al alta (cobraba prestación por desempleo, cobraba pensión de jubilación...). Si estaba de alta en el momento del fallecimiento, debe haber cotizado en los últimos cinco años, un mínimo de 500 días. Si estaba jubiliado, esos 500 días en los últimos 5 años, se contabilizan hasta el momento en que dejó de cotizar, es decir, hasta el momento en que se le reconoció la prestación de jubilación.



También debes tener en cuenta que si él cotizó también en la Seguridad Social de Polonia, se tendría en cuenta para acreditar el tiempo cotizado.



Si tuvieras certificado electrónico, podrías solicitarlo por la página de la sede electrónica de la Seguridad Social. Puedes entrar en la página de la Seguridad Social "Te ayudamos",   Te Ayudamos (seg-social.gob.es)



Suerte y un saludo de nuevo.


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