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Consulta 11/01/2021
Formulada por: Arquelin
Descripción: Buenos días,
Mi pareja y yo queremos realizar por segunda vez una solicitud de residencia por familiar de comunitario. Contamos con el registro civil de pareja de hecho y los demás requisitos, pero actualmente mi pareja ha sido contratada por una institución extrajera y pasa un tiempo en España y otro fuera; tiene residencia aquí y allá. Quisiéramos saber si aceptarían en nuestra solicitud su contrato extranjero.
Además, quisiera saber si en los hechos conceden realmente permisos a parejas de hecho por igual que a matrimonios, o de preferencia recomiendan el segundo.
Gracias.
Nacionalidad: Nicaragua
País de residencia: España
Provincia: Barcelona
Respuesta 22/01/2021
Aportada por: Iñigo Portilla Abiega
Su tarjeta de presentación: Abogado especialista en Derecho de Extranjería
Enunciado de respuesta: Hola Arquelin, Contraer matrimonio o constituir una pareja de hecho tiene el mismo valor a la hora de solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano UE. Para casi todo es así aunque el matrimonio tiene la ventaja de reducir los plazos para poder solicitar nacionalidad española. En cuanto al contrato de trabajo de tu cónyuge, dependerá de donde resida efectivamente y de la práctica que observe la oficina de extranjeros de Barcelona, la cual desconozco. Si mantiene la residencia fiscal en España, a pesar de que trabaje un tiempo en el extranjero, debería servir su contrato de trabajo. Pero no es un asunto claro. Un saludo