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| Consulta |
Imprimir 17/01/2007 |
| Formulada por: |
Marta Hernandez |
| Soy colombiana y tengo mi permiso por cinco años, ¿qué debo hacer para traer a mi hija de 25 años? |
| Descripción : |
Hola, soy colombiana y tengo mi permiso por cinco años, mi pregunta es: ¿qué debo hacer para traer a mi hija de 25 años?, tengo vivienda propia y trabajo fijo.
Muchas gracias.
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| Nacionalidad: |
Colombia |
| País de residencia: |
España |
| Provincia: |
Burgos |
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| Respuesta |
31/01/2007 |
| Aportada por: |
Carina Peñate Santana |
| Su tarjeta de presentación: |
Voluntaria de Cruz Roja en las Palmas |
| Enunciado de respuesta: |
Hola Marta:
Para que tu hija pueda venir de Colombia tendrás que buscarle una oferta de trabajo, que en su caso al tú ser residente en España con una autorización renovada, no tiene que estar dentro del Catálogo de Difícil Cobertura, cosa que hará más fácil la búsqueda. Esto lo tendrás que acreditar.
Cuando tengas la oferta de trabajo el empleador tiene que ir a la Oficina de Extranjeros de la provincia donde se encuentre la oferta de empleo y entregar la solicitud con la correspondiente documentación:
. DNI, CIF y documento de inscripción de la empresa en la Seguridad Social, o documento aacreditativo de hallarse exento.
. Contrato de trabajo u oferta de empleo en el modelo oficial establecido.
. Copia del pasaporte, o documento de viaje, en vigor, de ella.
. La titulación o acreditación de que se posee la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión, cuando proceda, debidamente homologada.
. Certificado confirmando que carece de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
Cuando la resolución sea favorable la solicitud se mandará al Consulado español de Colombia y tu hija se presentará personalmente para pedir el correspondiente visado de trabajo y con ello ya poder ingresar en España en el plazo de vigencia de aquél. A partir de la entrada legal en España, podrá comenzar su actividad laboral y se producirá su afiliación, alta y posterior cotización. En el plazo de un mes desde la entrada en España, deberá solicitar la tarjeta de identidad de extranjero, personalmente y ante la oficina correspondiente.
Espero haberte servido ayuda. Mucha suerte.
Saludos.
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